CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27386, de 20 de febrero de 2004, estableciendo la forma en que se deberán invertir los recursos del Fondo de Apoyo al Sistema Financiero - FASF, administrado en Fideicomiso por el Banco de Desarrollo Productivo S. A. M.- BDP S. A. M., Banco de Segundo Piso en calidad de Fiduciario.
Artículo 2°.- (Modificación) Se modifica el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27386, de 20 de febrero de 2004, con el siguiente texto:
“ARTÍCULO 8.- (INVERSIÓN DE LOS RECURSOS DEL FASF). Los recursos líquidos del FASF deberán mantenerse en una cuenta corriente en el Banco Central de Bolivia - BCB, abierta para este efecto, y deberán ser invertidos por el Fiduciario en el marco de sus políticas internas. El Fiduciario como administrador de los recursos del Fideicomiso deberá velar por que los recursos del Fideicomiso sean invertidos bajo criterios de seguridad y liquidez primordialmente.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 554, 16 de junio de 2010 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27386, de 20 de febrero de 2004. | ||||
Keywords | Gaceta 141NEC, 2010-06-16, Decreto Supremo, junio/2010 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/78851 | ||||
Referencias | Gaceta 141NEC,2010-06-16, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano MINISTRA DE DES. PROD. Y ECONOMIA PLURAL E INTERINA DE TRABAJO, EMPLEO Y P. S., Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Nila Heredia Miranda, Maria Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACION E INTERINO DE CULTURAS, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.