CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) Con la finalidad de fortalecer la producción avícola en el marco de la seguridad alimentaria, el presente Decreto Supremo tiene por objeto realizar modificaciones al Decreto Supremo Nº 4962, de 14 de junio de 2023.
Artículo 2°.- (Modificaciones)
“ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras a constituir un fideicomiso para:
(a) Coadyuvar a los productores de gallinas de postura comercial afectados por la Influenza Aviar de Alta Patogenicidad en el Departamento de Cochabamba, para la reposición de su producción y;
(b) Fortalecer a los productores avícolas de pollos parrilleros y de gallinas de postura comercial en los departamentos de Cochabamba, La Paz, Chuquisaca y Tarija.”
“ARTÍCULO 2.- (FIDEICOMISO). Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, en calidad de fideicomitente, suscribir un contrato de fideicomiso con el Banco de Desarrollo Productivo - Sociedad Anónima Mixta - BDP - S. A. M., en calidad de fiduciario, mediante la transmisión temporal y no definitiva de recursos, por un monto de hasta Bs22.000.000.- (VEINTIDÓS MILLONES 00/100 BOLIVIANOS), para la otorgación de financiamiento a:
(a) Los productores de gallinas de postura comercial afectados por la Influenza Aviar de Alta Patogenicidad en el Departamento de Cochabamba, para la reposición de su producción y;
(b) Los productores avícolas de pollos parrilleros y de gallinas de postura comercial en los departamentos de Cochabamba, La Paz, Chuquisaca y Tarija.”
“ARTÍCULO 4.- (FINALIDAD). La finalidad del fideicomiso es otorgar financiamiento para capital de operación para:
(a) Los productores de gallinas de postura comercial afectados por la Influenza Aviar de Alta Patogenicidad en el Departamento de Cochabamba, para la reposición de su producción y;
(b) Los productores avícolas de pollos parrilleros y de gallinas de postura comercial en los departamentos de Cochabamba, La Paz, Chuquisaca y Tarija.”
“ARTÍCULO 5.- (BENEFICIARIOS). Serán beneficiarios de los créditos otorgados por el fideicomiso:
(a) Los productores de gallinas de postura comercial afectados por la Influenza Aviar de Alta Patogenicidad en el Departamento de Cochabamba, para la reposición de su producción y;
(b) Los productores avícolas de pollos parrilleros y de gallinas de postura comercial en los departamentos de Cochabamba, La Paz, Chuquisaca y Tarija.
Estos productores serán responsables directos por el uso adecuado de los recursos para el cumplimiento de la finalidad del fideicomiso, así como del reembolso de los mismos.”
“ARTÍCULO 6.- (PLAZO DEL FIDEICOMISO). El plazo de vigencia del fideicomiso será de quince (15) años computables a partir de la fecha de suscripción del respectivo contrato de fideicomiso.”
Disposición Adicional Primera.- Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, en coordinación con el Banco de Desarrollo Productivo - Sociedad Anónima Mixta - BDP-S. A. M., suscribir la adenda al Contrato del Fideicomiso autorizado mediante Decreto Supremo Nº 4962, de 14 de junio de 2023, a objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto Supremo.
Disposición Adicional Segunda.- Se mantienen vigentes las demás disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 4962, de 14 de junio de 2023.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 5398, 23 de mayo de 2025 | ||||
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Fecha | 2025-05-24 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Con la finalidad de fortalecer la producción avícola en el marco de la seguridad alimentaria, el presente Decreto Supremo tiene por objeto realizar modificaciones al Decreto Supremo Nº 4962, de 14 de junio de 2023. | ||||
Keywords | Gaceta 1901NEC, Decreto Supremo, mayo/2025 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/280709 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1901NEC, 202505d.lexml | ||||
Creador | FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Maria Nela Prada Tejada MINISTRA DE LA PRESIDENCIA E INTERINA DE RELACIONES EXTERIORES, Roberto Ignacio Rios Sanjines, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Alejandro Gallardo Baldiviezo, Zenón Pedro Mamani Ticona, Edgar Montaño Rojas, Alejandro Santos Laura, César Adalid Siles Bazán, Erland Julio Rodríguez Lafuente, María Renee Castro Cusicanqui, Álvaro Horacio Ruiz García, Omar Veliz Ramos, Juan Yamil Flores Lazo, Esperanza Guevara. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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