CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) Con el fin de apoyar a los prestatarios con deudas pendientes con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional - FNDR, que presenten deterioro en su capacidad de pago, el presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo Nº 4693, de 6 de abril de 2022.
Artículo 2°.- (Modificación) Se modifica el Parágrafo II del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 4693, de 6 de abril de 2022, con el siguiente texto:
“II. Los prestatarios beneficiados con la reprogramación y/o condonación del interés penal, deben haber contraído obligaciones con el FNDR para financiar proyectos que se encuentren en ejecución, concluidos en su ejecución física, en proceso de resolución, en proceso de cierre, en mora o en mora en ejecución.”
Disposición Transitoria Única.- El Fondo Nacional de Desarrollo Regional – FNDR adecuará la reglamentación del Decreto Supremo Nº 4693, conforme la modificación establecida en el presente Decreto Supremo, mediante Resolución, en un plazo de diez (10) días hábiles computables a partir de la publicación de la presente norma.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 5372, 9 de abril de 2025 | ||||
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Fecha | 2025-05-04 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Con el fin de apoyar a los prestatarios con deudas pendientes con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional - FNDR, que presenten deterioro en su capacidad de pago, el presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo N° 4693, de 6 de abril de 2022. | ||||
Keywords | Gaceta 1886NEC, Decreto Supremo, abril/2025 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/280677 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1886NEC, 202505a.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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