Bolivia: Decreto Supremo Nº 5136, 20 de marzo de 2024

Decreto Supremo Nº 5136
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el numeral 11 del Artículo 108 de la Constitución Política del Estado determina que es deber de las bolivianas y los bolivianos, socorrer con todo el apoyo necesario, en casos de desastres naturales y otras contingencias.
  • Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
  • Que los numerales 11 y 12 del Parágrafo I del Artículo 100 de la Ley Nº 031, de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización «Andrés Ibáñez», dispone que es competencia exclusiva del nivel central del Estado, definir políticas y mecanismos de protección financiera para enfrentar contingencias y permitir la recuperación por desastres en el nivel nacional; y gestionar los recursos para la atención de desastres y/o emergencias y la recuperación del desastre.
  • Que los Parágrafos I y II del Artículo 15 de la Ley Nº 614, de 13 de diciembre de 2014, del Presupuesto General del Estado Gestión 2015, vigente por el inciso m) de la Disposición Final Segunda de la Ley Nº 1546, del Presupuesto General del Estado Gestión 2024, publicada el 31 de diciembre de 2023, autorizan al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, en el marco de sus competencias, inscribir y/o incrementar el gasto en las partidas 25200 «Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones», 25800 «Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables», y Subgrupo 46000 «Estudios y Proyectos para Inversión», cuyo financiamiento provenga de recursos de donación externa, crédito externo y/o contraparte nacional, según lo establecido en los convenios respectivos, los cuales no ameritarán la emisión de Decreto Supremo; para las demás fuentes de financiamiento y los casos que no correspondan a contraparte nacional, deberá aprobarse mediante Decreto Supremo específico.
  • Que el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 2852, de 2 de agosto de 2016, crea la entidad pública desconcentrada «Unidad Ejecutora de Pozos - UE-Pozos», con la finalidad de ejecutar el Programa Nacional de Perforación de Pozos de Aguas Subterráneas «Nuestro Pozo».
  • Que el inciso a) del Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 2852 señala entre las funciones de la entidad pública desconcentrada UE-Pozos, la de atender emergencias por sequía.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 15 del Decreto Supremo Nº 5094, de 3 de enero de 2024, establece que la definición de las remuneraciones de los consultores individuales de línea debe estar establecida en función a la escala salarial, para lo cual, las unidades administrativas de cada entidad, elaborarán el cuadro de equivalencia de funciones que será avalado por la Unidad Jurídica y con Vo. Bo. de la Máxima Autoridad Ejecutiva - MAE.
  • Que con la finalidad de construir sistemas de agua subterránea en municipios que puedan ser afectados por efecto de cambios climáticos, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras requiere la autorización para el incremento de las subpartidas de Consultorías de Línea y Auditorías Externas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras incrementar, para la gestión 2024, las subpartidas de Consultorías de Línea y Auditorías Externas a favor de la entidad pública desconcentrada Unidad Ejecutora de Pozos - UE-Pozos, de acuerdo al siguiente detalle:a) 46120 «Consultoría de Línea para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado» en Bs1.745.933.- (UN MILLÓN novecientos CUARENTA Y CINCO mil novecientos TREINTA Y TRES 00/100 BOLIVIANOS) con fuente y organismo 10-111 «Tesoro General de la Nación», mediante un traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la subpartida 25900 «Servicios Manuales» al interior del Proyecto «Implem. del Plan de Respuesta Inmediata a la Sequía a Nivel Nacional 2024»;b) 25230 «Auditorías Externas» en Bs350.000.- (TRESCIENTOS CINCUENTA mil 00/100 BOLIVIANOS) con fuente y organismo 10-111 «Tesoro General de la Nación», mediante un traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la subpartida 25900 «Servicios Manuales» al interior del Proyecto «Implem. del Plan de Respuesta Inmediata a la Sequía a Nivel Nacional 2024».


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Rural y Tierras, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro.
FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Celinda Sosa Lunda, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Franklin Molina Ortiz, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Alejandro Santos Laura, Iván Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, María Renee Castro Cusicanqui, Humberto Alan Lisperguer Rosales, Omar Veliz Ramos, Santos Condori Nina, Esperanza Guevara.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 5136, 20 de marzo de 2024
Fecha2024-04-06FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras incrementar, para la gestión 2024, las subpartidas de Consultorías de Línea y Auditorías Externas a favor de la entidad pública desconcentrada Unidad Ejecutora de Pozos – UE-Pozos, de acuerdo al siguiente detalle:
KeywordsGaceta 1745NEC, Decreto Supremo, marzo/2024
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/169366
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1745NEC, 202404a.lexml
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N31] Bolivia: Ley marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, 19 de julio de 2010
Ley marco de autonomías y descentralización “Andrés Ibáñez”
[BO-L-N614] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2015, 15 de diciembre de 2014
13 DE DICIEMBRE DE 2014.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2015
[BO-DS-N2852] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2852, 2 de agosto de 2016
02 DE AGOSTO DE 2016.- Crea el Programa Nacional de Perforación de Pozos de Aguas Subterráneas “Nuestro Pozo” y la entidad pública desconcentrada Unidad Ejecutora de Pozos – UE-Pozos.
[BO-DS-N5094] Bolivia: Decreto Supremo Nº 5094, 3 de enero de 2024
El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar la aplicación de la Ley N° 1546, del Presupuesto General del Estado Gestión 2024, publicada el 31 de diciembre de 2023.
[BO-DS-N5136] Bolivia: Decreto Supremo Nº 5136, 20 de marzo de 2024
Autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras incrementar, para la gestión 2024, las subpartidas de Consultorías de Línea y Auditorías Externas a favor de la entidad pública desconcentrada Unidad Ejecutora de Pozos – UE-Pozos, de acuerdo al siguiente detalle:

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