CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) Con la finalidad de controlar la calidad de los hilos que contengan fibra de alpaca, el presente Decreto Supremo tiene por objeto facultar al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a través del Instituto Boliviano de Metrología - IBMETRO, la emisión del Certificado de Cumplimiento de Reglamento Técnico - CCRT.
Artículo 2°.- (Certificado de cumplimiento de reglamento técnico)
Artículo 3°.- (Documento soporte de importación para el despacho aduanero) El CCRT, para las subpartidas arancelarias detalladas en el Parágrafo I del Artículo 2 del presente Decreto Supremo, se constituye en documento soporte para la importación y el despacho aduanero, mismo que debe estar vigente al momento del ingreso de la mercancía a territorio nacional y será presentado por el transportista adjunto al manifiesto internacional de carga.
Disposición Adicional Única.- Se excluyen de la aplicación del presente Decreto Supremo las:
Disposición Transitoria Primera.- El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural aprobará mediante Resolución Ministerial el Reglamento Técnico “Etiquetado para Hilos que contengan fibra de Alpaca”, en un plazo de hasta diez (10) días hábiles, a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.
Disposición Transitoria Segunda.- El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a través del IBMETRO, elaborará el procedimiento de emisión de los Certificados de Cumplimiento de Reglamento Técnico, el cual será aprobado mediante Resolución Ministerial, en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario posteriores a la publicación del presente Decreto Supremo.
Disposición Transitoria Tercera.- Los Certificados de Cumplimiento del Reglamento Técnico, serán exigibles por la Aduana Nacional, ciento ochenta (180) días calendario, después de la aprobación del Reglamento Técnico.
Disposición Transitoria Cuarta.- Las mercancías, identificadas en el Parágrafo I del Artículo 2 del presente Decreto Supremo sujetas al CCRT, embarcadas con destino a territorio aduanero nacional hasta antes de la fecha exigible de presentación del CCRT, concluirán su proceso de importación en el marco normativo vigente al inicio de la importación.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 4860, 11 de enero de 2023 | ||||
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Fecha | 2023-07-12 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Con la finalidad de controlar la calidad de los hilos que contengan fibra de alpaca, el presente Decreto Supremo tiene por objeto facultar al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a través del Instituto Boliviano de Metrología – IBMETRO, la emisión del Certificado de Cumplimiento de Reglamento Técnico – CCRT. | ||||
Keywords | Gaceta 1586NEC, Decreto Supremo, enero/2023 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168996 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1586NEC, 202302a.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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