CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) Se autoriza con carácter excepcional a las Representaciones Diplomáticas y Consulares de Bolivia en el exterior, a revalidar los pasaportes corrientes en libreta que se requieran hasta el 31 de diciembre del 2010 como vigencia máxima, mediante el respectivo sello de seguridad estampado en el pasaporte.
Artículo 2°.- (Revalidación) El costo de la revalidación será de $us15.- (QUINCE 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) o su equivalente en moneda local, el mismo que será depositado en las cuentas del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3°.- (Centros de captación de datos) El Ministerio de Relaciones Exteriores implementará centros de captación de datos en las distintas Representaciones Diplomáticas y Consulares de manera progresiva.
Artículo 4°.- (Contratación directa) Se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores, la contratación directa para la adquisición de Software e implementación de Hardware para los centros de captación en el exterior, de datos de pasaportes de lectura mecánica de la empresa DATYS, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 068, de 8 de abril de 2009.
Artículo 5°.- (Emisión de pasaportes) La Dirección General de Migración efectuará a través de su centro de emisión de pasaportes la respectiva expedición de pasaportes de lectura mecánica para los bolivianos en el exterior.
Artículo 6°.- (Remisión de pasaportes) Los pasaportes de lectura mecánica emitidos por la Dirección General de Migración serán enviados a las Representaciones Diplomáticas y Consulares a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 449, 17 de marzo de 2010 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza con carácter excepcional a las Representaciones Diplomáticas y Consulares de Bolivia en el exterior, a revalidar los pasaportes corrientes en libreta que se requieran hasta el 31 de diciembre del 2010 como vigencia máxima, mediante el respectivo sello de seguridad estampado en el pasaporte. | ||||
Keywords | Gaceta 113NEC, 2010-03-17, Decreto Supremo, marzo/2010 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/56945 | ||||
Referencias | Gaceta 113NEC,2010-03-17, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Sonia Polo Andrade, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACION E INTERINO DE CULTURAS, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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