CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto crear dos (2) Fondos Rotatorios, uno a cargo de la Dirección General de Aeronáutica Civil - DGAC y otro a cargo de la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea - AASANA.
Artículo 2°.- (Creación)
Artículo 3°.- (Destino) Los recursos de los Fondos Rotatorios se destinarán al pago de obligaciones emergentes de sueldos conforme escala salarial, aguinaldos, previsiones sociales, consultores individuales de línea, refrigerios y transferencias a organismos internacionales, de la DGAC y de AASANA, para dar continuidad a las actividades del Sector Aeronáutico.
Artículo 4°.- (Reembolso de recursos) La DGAC y AASANA, efectuarán el reembolso de los recursos señalados en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo de acuerdo al flujo ajustado, en un plazo no mayor a cuatro (4) años, sujeto a la recuperación del Sector Aeronáutico.
Artículo 5°.- (Conciliación financiera) Con la finalidad de dar cumplimiento al Artículo 4 del presente Decreto Supremo, la DGAC y AASANA, deberán realizar la conciliación financiera de los recursos obtenidos del Tesoro General de la Nación - TGN, a efectos de respaldar sus estados financieros.
Artículo 6°.- (Convenio de desempeño) El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la DGAC y AASANA, suscribirán un convenio de desempeño, por cuatro (4) años, para definir metas de ingreso y gasto de las entidades beneficiarias, previo al primer desembolso y sujeto a la recuperación del Sector Aeronáutico.
Artículo 7°.- (Responsabilidad)
Disposición Final Única.- Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a efectuar los ajustes contables y de tesorería necesarios para la aplicación del presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 4363, 13 de octubre de 2020 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Crea dos (2) Fondos Rotatorios, uno a cargo de la Dirección General de Aeronáutica Civil – DGAC y otro a cargo de la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea – AASANA. | ||||
Keywords | Gaceta 1320NEC, Decreto Supremo, octubre/2020 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168259 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1320NEC, 202011a.lexml | ||||
Creador | FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Karen Longaric Rodríguez, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Gonzalo Silvestre Quiroga Soria, Branko Goran Marinkovic Jovicevic, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Adhemar Guzman Ballivian, Iván Arias Durán, Jorge Fernando Oropeza Teran, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Álvaro Tejerina Olivera, María Eidy Roca de Sangüesa, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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