Bolivia: Decreto Supremo Nº 4275, 26 de junio de 2020

Decreto Supremo Nº 4275
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el numeral 13 del Párrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina como competencia privativa del nivel central del Estado la administración del patrimonio del Estado Plurinacional y de las entidades públicas del nivel central del Estado.
  • Que el Artículo 5 de la Ley Nº 975, de 13 de septiembre de 2017, de Modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2017, establece que el Consejo Supremo de Defensa del Estado Plurinacional funcionará como instancia de coordinación del Órgano Ejecutivo, cuya estructura administrativa formará parte del Ministerio de Defensa, quedando el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas autorizado para efectuar los ajustes presupuestarios necesarios.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 164 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, dispone que todos los inmuebles que forman parte del patrimonio de la entidad deben estar registrados a su nombre en Derechos Reales y en el Catastro Municipal que corresponda, actividad que estará a cargo de la Unidad Administrativa de cada entidad en coordinación con la Unidad Jurídica o el Asesor Legal.
  • Que para el cumplimiento de la normativa vigente, el Ministerio de Defensa requiere contar con un instrumento legal que permita la inscripción a su favor del bien inmueble casa ubicado entre la calle Pedro Salazar y Avenida 6 de Agosto de la ciudad de La Paz.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto inscribir el derecho propietario de un bien inmueble ubicado en la ciudad de La Paz a favor del Ministerio de Defensa.

Artículo 2°.- (Inscripción de derecho propietario)

  1. Se dispone la inscripción del derecho propietario del bien inmueble casa ubicado entre la calle Pedro Salazar y Avenida 6 de Agosto de la ciudad de La Paz, con una superficie de 650.00 metros cuadrados (m²), inscrito en Oficina de Derechos Reales bajo la Matrícula N° 2.01.0.99.0239166, a favor del Ministerio de Defensa para el funcionamiento del Consejo Supremo de Defensa del Estado Plurinacional y otras reparticiones de esta cartera de Estado.
  2. El presente Decreto Supremo se constituye en documento suficiente para la inscripción del derecho propietario del bien inmueble señalado en el Parágrafo precedente, en Derechos Reales y demás registros ante otras instancias.

    Disposiciones finales

Disposición Final Única.- La implementación del presente Decreto Supremo no representará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación - TGN.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil veinte.
FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Karen Longaric Rodríguez, Yerko M. Núñez Negrette, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, José Luis Parada Rivero, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Oscar Miguel Ortiz Antelo, Iván Arias Durán, Jorge Fernando Oropeza Teran, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Oscar Bruno Mercado Céspedes, María Eidy Roca de Sangüesa, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 4275, 26 de junio de 2020
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioInscribe el derecho propietario de un bien inmueble ubicado en la ciudad de La Paz a favor del Ministerio de Defensa.
KeywordsGaceta 1284NEC, Decreto Supremo, junio/2020
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168131
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1284NEC, 202009a.lexml
CreadorFDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Karen Longaric Rodríguez, Yerko M. Núñez Negrette, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, José Luis Parada Rivero, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Oscar Miguel Ortiz Antelo, Iván Arias Durán, Jorge Fernando Oropeza Teran, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Oscar Bruno Mercado Céspedes, María Eidy Roca de Sangüesa, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N181] Bolivia: Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, DS Nº 181, 28 de junio de 2009
NORMAS BÁSICAS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
[BO-L-N975] Bolivia: Ley de modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2017, 13 de septiembre de 2017
13 DE SEPTIEMBRE DE 2017.- LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO - GESTIÓN 2017.
[BO-DS-N4275] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4275, 26 de junio de 2020
Inscribe el derecho propietario de un bien inmueble ubicado en la ciudad de La Paz a favor del Ministerio de Defensa.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.