Bolivia: Decreto Supremo Nº 4185, 12 de marzo de 2020

Decreto Supremo Nº 4185
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 105 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado promoverá, mediante políticas de educación, recreación y salud pública, el desarrollo de la cultura física y de la práctica deportiva en sus niveles preventivo, recreativo, formativo y competitivo, con especial atención a las personas con discapacidad. El Estado garantizará los medios y los recursos económicos necesarios para su efectividad.
  • Que el Artículo 18 de la Ley Nº 804, de 11 de mayo de 2016, Nacional del Deporte, establece que el Ministerio de Deportes es la entidad rectora, encargada de diseñar e implementar políticas nacionales que promuevan el desarrollo de la cultura física y del deporte en todos sus niveles.
  • Que el Parágrafo II del Artículo 24 de la Ley Nº 1267, de 20 de diciembre de 2019, del Presupuesto General del Estado Gestión 2020, dispone que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación - TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizados mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de donación bajo la modalidad de Apoyo Presupuestario Sectorial o casos excepcionales, y aquellos recursos que cuenten con autorización expresa en Ley o Decreto Supremo.
  • Que en fecha 10 de noviembre de 2017, en la ciudad de Santa Marta - Colombia, la Organización Deportiva Bolivariana, aprobó la Sede a la ciudad de Sucre - Bolivia para que Organice los I Juegos Bolivarianos de la Juventud - 2020.
  • Que es necesario contar con una disposición normativa expresa que declare de interés nacional los I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud Sucre - 2020, autorizar la asignación de presupuesto adicional al Ministerio de Deportes y autorizar la contratación de obras, bienes y servicios para los mencionados juegos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar de interés nacional los I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud Sucre - 2020 y establecer las condiciones para su realización.

Artículo 2°.- (Declaratoria de interes nacional) Se declara de interés nacional la realización de los I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud Sucre - 2020.

Artículo 3°.- (Autorización)

  1. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, realizar la asignación presupuestaria de recursos adicionales por un monto total de Bs17.052.554.- (DIECISIETE MILLONES CINCUENTA Y DOS mil QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS), financiada con recursos del Tesoro General de la Nación - TGN, a favor del Ministerio de Deportes, destinados exclusivamente para la realización de los I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud Sucre - 2020.
  2. Previa suscripción del convenio intergubernativo correspondiente, se autoriza al Ministerio de Deportes realizar la transferencia de recursos al Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, para la realización de los I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud Sucre - 2020.

Artículo 4°.- (Contratación directa)

  1. Se autoriza en la gestión 2020 de manera excepcional, al Ministerio de Deportes, al Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, al Gobierno Autónomo Municipal de Sucre y a la Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, efectuar la contratación directa de obras, bienes y servicios en territorio nacional y/o extranjero, para la realización de los I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud Sucre - 2020.
  2. El procedimiento y demás condiciones para las contrataciones establecidas en el Parágrafo precedente, serán reglamentados por cada entidad contratante y aprobados por sus Máximas Autoridades Ejecutivas correspondientes, mediante resolución expresa.
  3. Las contrataciones directas efectuadas en el marco del presente Decreto Supremo, son de exclusiva responsabilidad de la Máxima Autoridad Ejecutiva -MAE de la entidad contratante, desde su inicio hasta su conclusión.
  4. Una vez formalizadas las contrataciones directas, establecidas en el Parágrafo I del presente Artículo, el Ministerio de Deportes, el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre y la Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, deberán:
    1. Presentar la información de la contratación a la Contraloría General del Estado, de acuerdo a la normativa vigente;
    2. Registrar la contratación directa de obras, bienes y servicios en el Sistema de Contrataciones Estatales - SICOES, cuando el monto sea mayor a Bs20.000.- (VEINTE mil 00/100 BOLIVIANOS).
  5. Para las contrataciones mayores a Bs20.000.- (VEINTE mil 00/100 BOLIVIANOS), se solicitará al proveedor certificado del Registro Único de Proveedores del Estado - RUPE, para la formalización de la contratación, según lo establecido en la Reglamentación.

Artículo 5°.- (Apoyo institucional) Las entidades e instituciones involucradas en el desarrollo de los I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud Sucre - 2020, coadyuvarán en la realización del mencionado evento.


Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de marzo del año dos mil veinte.
FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Yerko M. Núñez Negrette MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, José Luis Parada Rivero, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Wilfredo Rojo Parada, Iván Arias Durán, Carlos Fernando Huallpa Sunagua, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Oscar Bruno Mercado Céspedes, Aníbal Cruz Senzano, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval, María Isabel Fernández Suarez, Milton Navarro Mamani MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE CULTURAS.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 4185, 12 de marzo de 2020
Fecha2023-07-12FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclara de interés nacional los I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud Sucre - 2020 y establecer las condiciones para su realización.
KeywordsGaceta 1243NEC, Decreto Supremo, marzo/2020
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/167324
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1243NEC, 202303c.lexml
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Enlaces con otros documentos

Abrogada por

[BO-DS-N5032] Bolivia: Decreto Supremo Nº 5032, 27 de septiembre de 2023
El presente Decreto Supremo tiene por objeto:

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N804] Bolivia: Ley Nº 804, 11 de mayo de 2016
11 DE MAYO DE 2016.- LEY NACIONAL DEL DEPORTE.
[BO-L-N1267] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2020, 20 de diciembre de 2019
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2020.
[BO-DS-N4185] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4185, 12 de marzo de 2020
Declara de interés nacional los I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud Sucre - 2020 y establecer las condiciones para su realización.

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