CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto crear la Administradora de Terminal Terrestre Santa Cruz.
Artículo 2°.- (Creación y naturaleza jurídica) Se crea la Administradora de Terminal Terrestre Santa Cruz como una Institución Pública Desconcentrada de derecho público, con independencia de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, bajo dependencia directa del Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda y dependencia funcional del Viceministerio de Transportes.
Artículo 3°.- (Sede) La Administradora de Terminal Terrestre Santa Cruz, tiene como sede la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
Artículo 4°.- (Estructura organizativa)
Artículo 5°.- (Fuentes de financiamiento) La Administradora de Terminal Terrestre Santa Cruz, financiará sus operaciones con las siguientes fuentes:
Artículo 6°.- (Funciones) Las funciones de la Administradora de Terminal Terrestre Santa Cruz, son las siguientes:
Artículo 7°.- (Tasa de regulación) La Administradora de Terminal Terrestre Santa Cruz pagará a la Autoridad de Regularización y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT anualmente, hasta el 30 de enero de cada gestión, una Tasa de Regulación igual al cero coma ocho por ciento (0,8%) de sus ingresos brutos de la gestión anterior expuestos en los registros de ejecución presupuestaria de ingresos procesados mediante el Sistema de Gestión Pública - SIGEP, a ser presentados a la Entidad Regulatoria.
Artículo 8°.- (Régimen laboral) El personal de la Administradora de Terminal Terrestre Santa Cruz se sujetará a lo previsto por la Ley Nº 2027, de 27 de octubre de 1999, Estatuto del Funcionario Público.
Disposición Transitoria Primera.-
Disposición Transitoria Segunda.- En conformidad al principio de continuidad (prestar el servicio de forma permanente, regular y continuo) establecido en la Ley Nº 165, de 16 de agosto de 2011, General de Transporte, la Administradora de Terminal Terrestre Santa Cruz en un plazo de hasta ciento veinte (120) días calendario deberá contar con la autorización de la Autoridad Regulatoria para prestar el servicio de Terminal Terrestre, en el marco de la normativa vigente.
Disposición Transitoria Tercera.-
Disposición Final Primera.-
Disposición Final Segunda.- La documentación financiera, archivo institucional físico y otros, que se encuentran en la ENFE - Terminal Bimodal Santa Cruz, una vez notariados quedarán en custodia de la ENFE.
Disposición Final Tercera.- La Unidad de Auditoria Interna del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda realizará las auditorías:
Disposición Final Cuarta.- El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda a través de la Administradora de Terminal Terrestre Santa Cruz administrará la terminal de transporte terrestre de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
Disposición Final Quinta.- La implementación del presente Decreto Supremo no representará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación - TGN.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3634, 1 de agosto de 2018 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 01 DE AGOSTO DE 2018.- Crea la Administradora de Terminal Terrestre Santa Cruz. | ||||
Keywords | Gaceta 1085NEC, Decreto Supremo, agosto/2018 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/158412 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1085NEC, 201902a.lexml | ||||
Creador | FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, Alfredo Rada Vélez, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE GOBIERNO, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez , Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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