CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar Reserva Fiscal Minera la Meseta de los Frailes, con la finalidad de que el Servicio Geológico Minero - SERGEOMIN, efectúe actividades de prospección y exploración, para la determinación de su potencial mineralógico.
Artículo 2°.- (Área de Reserva Fiscal Minera) Se declara área de Reserva Fiscal Minera a la Meseta de Los Frailes ubicada en las Provincias Antonio Quijarro y Tomás Frías del Departamento de Potosí, y en las Provincias Eduardo Abaroa y Sebastián Pagador del Departamento de Oruro, conformando un polígono de cuatro (4) vértices que corresponden a la Proyección Universal Transversal de Mercator - Datum: WGS84 Zona 19S, cuyas coordenadas son las siguientes:
Punto Nº | Coordenadas | |
Este | Norte | |
1 | 805000 | 7855000 |
2 | 805000 | 7810000 |
3 | 745000 | 7810000 |
4 | 745000 | 7855000 |
Artículo 3°.- (Prospección y exploración) El SERGEOMIN, debe realizar actividades de prospección y exploración en el área declarada como Reserva Fiscal Minera, debiendo informar al Ministerio de Minería y Metalurgia sobre los resultados de los estudios efectuados, a los efectos de las disposiciones legales vigentes.
Artículo 4°.- (Medio Ambiente) El SERGEOMIN, para realizar las actividades de prospección y exploración en la Reserva Fiscal Minera de la Meseta de Los Frailes, deberá dar cumplimiento a los Artículos 217 y 218 de la Ley Nº 535, de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, Ley Nº 300, de 15 de octubre de 2012, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, así como demás normas ambientales conexas.
Artículo 5°.- (Derechos pre-constituidos, adquiridos y nuevos derechos mineros)
Artículo 6°.- (Levantamiento de la Reserva Fiscal) La Reserva Fiscal Minera de la Meseta de Los Frailes podrá ser levantada de forma total o parcial, mediante Decreto Supremo, antes del plazo establecido en el Parágrafo II del Artículo 24 de la Ley Nº 535.
Artículo final Único.- La aplicación del presente Decreto Supremo no involucrará recursos del Tesoro General de la Nación - TGN.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3517, 28 de marzo de 2018 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 28 DE MARZO DE 2018.- Declara Reserva Fiscal Minera la Meseta de los Frailes, con la finalidad de que el Servicio Geológico Minero – SERGEOMIN, efectúe actividades de prospección y exploración, para la determinación de su potencial mineralógico. | ||||
Keywords | Gaceta 1048NEC, Decreto Supremo, marzo/2018 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/157584 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1048NEC, 201804a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE COMUNICACIÓN. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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