CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar Reserva Fiscal Minera al río Madre de Dios, con la finalidad de que el Servicio Geológico Minero - SERGEOMIN, efectúe actividades de prospección y exploración, para la determinación de su potencial mineralógico.
Artículo 2°.- (Área de Reserva Fiscal Minera)
NRO. | MUNICIPIO | PROVINCIA | DEPARTAMENTO |
1 | El Sena | Madre de Dios | Pando |
2 | San Lorenzo | Madre de Dios | Pando |
3 | Puerto Gonzalo Moreno | Madre de Dios | Pando |
4 | Puerto Rico | Manuripi | Pando |
5 | San Pedro | Manuripi | Pando |
6 | Filadelfia | Manuripi | Pando |
7 | Ixiamas | Abel Iturralde | La Paz |
8 | Riberalta | Vaca Diez | Beni |
Artículo 3°.- (Prospección y exploración) El SERGEOMIN, debe realizar actividades de prospección y exploración en el área declarada como Reserva Fiscal Minera, debiendo informar al Ministerio de Minería y Metalurgia sobre los resultados de los estudios efectuados. Dichos resultados serán comunicados a la Corporación Minera de Bolivia - COMIBOL para que manifieste su interés de realizar trabajos de explotación.
Artículo 4°.- (Medio ambiente) El SERGEOMIN, para realizar las actividades de prospección y exploración en la Reserva Fiscal Minera del rio Madre de Dios, deberá dar cumplimiento al Artículo 217 de la Ley Nº 535, de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, Ley Nº 300, de 15 de octubre de 2012, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, así como demás normas conexas.
Artículo 5°.- (Derechos pre-constituidos, adquiridos y nuevas solicitudes)
Artículo 6°.- (Levantamiento de la reserva fiscal) La Reserva Fiscal Minera del rio Madre de Dios podrá ser levantada de forma total o parcial, mediante Decreto Supremo, antes del plazo establecido en el Parágrafo II del Artículo 24 de la Ley Nº 535.
DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y DEROGATORIA.-
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3516, 28 de marzo de 2018 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 28 DE MARZO DE 2018.- Declara Reserva Fiscal Minera al río Madre de Dios, con la finalidad de que el Servicio Geológico Minero – SERGEOMIN, efectúe actividades de prospección y exploración, para la determinación de su potencial mineralógico. | ||||
Keywords | Gaceta 1048NEC, Decreto Supremo, marzo/2018 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/157583 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1048NEC, 201804a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE COMUNICACIÓN. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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