CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto regular el calendario y traslado de feriados nacionales del Estado Plurinacional de Bolivia, con el fin de promover el turismo como actividad económica estratégica.
Artículo 2°.- (Feriados nacionales) Los feriados nacionales con suspensión de actividades públicas y privadas en el Estado Plurinacional de Bolivia, son los siguientes:
1° de enero (Año Nuevo); 22 de enero (Día de la Creación del Estado Plurinacional de Bolivia); Lunes y martes de Carnaval; Viernes Santo; 1° de mayo (Día del Trabajo); Corpus Christi; 21 de junio (Año Nuevo Aymara Amazónico); 6 de agosto (Día de la Independencia de Bolivia); 2 de noviembre (Día de Todos los Difuntos); y 25 de diciembre (Navidad).
Artículo 3°.- (Traslado de feriados) . Se considera feriado con suspensión de actividades públicas y privadas, los días lunes posteriores a los feriados que correspondan a días domingo, con excepción de los feriados señalados en los inciso c), d), f), i) del Artículo precedente.
Artículo adicional Único.- Las entidades y empresas públicas, deberán adecuar sus reglamentos internos con la finalidad de conceder vacaciones antes o después de feriados a las servidoras y servidores públicos que lo requieran.
Artículo abrogatorio Único.-
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 2750, 1 de mayo de 2016 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 01 DE MAYO DE 2016.- Regula el calendario y traslado de feriados nacionales del Estado Plurinacional de Bolivia, con el fin de promover el turismo como actividad económica estratégica. | ||||
Keywords | Gaceta 854NEC, Decreto Supremo, mayo/2016 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153653 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 854NEC, 201605a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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