CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) En el marco del Plan Interministerial Transitorio para el Pueblo Guaraní ampliado a la gestión 2009, el presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar:
Artículo 2°.- (Transferencia de saldos presupuestarios) Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir recursos del Fondo de Desarrollo para los Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades Campesinas, por un monto de hasta Bs1.977.992.- (UN MILLÓN novecientos SETENTA Y siete mil novecientos NOVENTA Y DOS 00/100 BOLIVIANOS), correspondientes a los saldos presupuestarios no ejecutados por el Ministerio de Justicia, de los recursos del Plan Interministerial Transitorio correspondientes a la gestión 2008, de acuerdo a la siguiente reasignación:
Artículo 3°.- (Reasignación de recursos inscritos en el presupuesto del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social) Se autoriza al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, reasignar recursos del Plan Interministerial Transitorio en Bs608.000.- (SEISCIENTOS OCHO mil 00/100 BOLIVIANOS), inicialmente asignados a la ex Superintendencia Agraria, en los siguientes montos:
Artículo 4°.- (Responsable) Los Ministros de Justicia y de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en el marco del Plan Interministerial Transitorio para el Pueblo Guaraní, para el cumplimiento de lo establecido en los Artículos precedentes, designarán a un funcionario responsable de la aprobación, ejecución y cumplimiento de los planes de seguimiento, monitoreo y tareas de fortalecimiento organizativo presentados por las Capitanías.
Artículo 5°.- (Incremento de la partida de consultores en línea) Se autoriza al INRA, incrementar la partida 25220 “Consultores en Línea”, por un monto de Bs650.000.- (SEISCIENTOS CINCUENTA mil 00/100 BOLIVIANOS) con recursos del Plan Interministerial Transitorio, provenientes de las reasignaciones presupuestarias señaladas en los Artículos 2 y 3 del presente Decreto Supremo, para el cumplimiento de las actividades de saneamiento y expropiación en los Departamentos de Tarija, Santa Cruz y Chuquisaca.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 227, 29 de julio de 2009 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza: al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la transferencia de recursos del Fondo de Desarrollo para los Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades Campesinas, a las Entidades Ejecutoras del Plan Interministerial Transitorio; al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, la reasignación de recursos asignados a la ex Superintendencia Agraria; al Instituto Nacional de Reforma Agraria - INRA, incrementar la partida presupuestaria 25220 “Consultores en Línea”. | ||||
Keywords | Gaceta 47NEC, 2009-07-29, Decreto Supremo, julio/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27626 | ||||
Referencias | Gaceta 47NEC,2009-07-29, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Nardy Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Héctor E. Arce Zaconeta, Noel Ricardo Aguirre Ledezma, Luís Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia Alejandra Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Luís Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callisaya, Jorge Ramiro Tapia Sainz, René Gonzalo Orellana Halkyer, Roberto Iván Aguilar Gómez, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo Groux Canedo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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