CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- El presente Decreto Supremo tiene por objeto garantizar que las Prefecturas Departamentales, asignen y ejecuten recursos destinados a la Seguridad Ciudadana, conforme a las disposiciones legales en vigencia.
Artículo 2°.- A partir de la aprobación del presente Decreto Supremo, las Prefecturas Departamentales deberán obligatoriamente coordinar la ejecución de los programas y proyectos de seguridad ciudadana con la Policía Boliviana a través de sus Comandos Departamentales, y con la ciudadanía a través de los Consejos Departamentales y Provinciales de Seguridad Ciudadana. Asimismo, los Comandos Departamentales de la Policía Boliviana elaborarán programas y proyectos específicos para su ejecución.
Artículo 3°.- Con la finalidad de garantizar que los recursos de los programas y proyectos de seguridad ciudadana no sean desviados a otros fines, los Consejos Departamentales y Provinciales de Seguridad Ciudadana, ejercerán las atribuciones conferidas por los Artículos 11 y 12 de la Ley Nº 2494, de 4 de agosto de 2003, del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, con objeto de efectuar el control social pertinente.
Artículo 4°.-
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 180, 24 de junio de 2009 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Garantiza que las Prefecturas Departamentales, asignen y ejecuten recursos destinados a la Seguridad Ciudadana, conforme a las disposiciones legales en vigencia. | ||||
Keywords | Gaceta 38NEC, 2009-06-24, Decreto Supremo, junio/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27580 | ||||
Referencias | Gaceta 38NEC,2009-06-24, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Juan Ramón Quintana Taborga, Nardi Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Héctor E. Arce Zaconeta, Noel Ricardo Aguirre Ledezma MINISTRO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO E INTERINO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Oscar Coca Antezana, Patricia A. Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Luis Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callisaya, Jorge Ramiro Tapia Sainz, René Gonzalo Orellana, Halkyer, Roberto Iván Aguilar Gómez, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo Cesar Groux Canedo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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