Bolivia: Decreto Supremo Nº 1389, 24 de octubre de 2012

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo I del Artículo 363 de la Constitución Política del Estado, establece que la Empresa Boliviana de Industrialización de Hidrocarburos - EBIH, es una empresa autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, bajo la tuición del Ministerio del ramo y de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, que actúa en el marco de la política estatal de hidrocarburos; asimismo, determina que la EBIH será responsable de ejecutar, en representación del Estado y dentro de su territorio la industrialización de los hidrocarburos.
  • Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, señala que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
  • Que el Artículo 30 de la Ley Nº 062, de 28 de noviembre de 2010, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2011, vigente por disposición del inciso c) de la Disposición Final Tercera de la Ley Nº 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2012, dispone que en los casos que no correspondan a contraparte nacional, la inscripción y/o incremento del gasto en las partidas 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y Subgrupo 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión”, deberá aprobarse mediante Decreto Supremo específico.
  • Que el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias aprobado por Decreto Supremo Nº 29881, de 7 de enero de 2009, establece los procedimientos y responsables para elaborar, presentar, aprobar y registrar las modificaciones al Presupuesto General del Estado, así como las competencias de aprobación según el tipo y alcance de las modificaciones presupuestarias.
  • Que el Decreto Supremo Nº 0368, de 25 de noviembre de 2009, tiene por objeto definir las atribuciones de la EBIH, establecer su estructura orgánica, y el patrimonio y sus fuentes de financiamiento.
  • Que el Artículo Tercero de las Resoluciones Administrativas: EBIH/GG/036/2012 y EBIH/GG/037/2012, ambas de 18 de septiembre de 2012, emitidas por el Gerente General Interino de la EBIH, aprueban las modificaciones presupuestarias intrainstitucionales para Gasto de Inversión con Fuente41, Organismo Financiador 111, por los montos de Bs297.945.- (DOSCIENTOS NOVENTA Y siete mil novecientos CUARENTA Y CINCO 00/100 BOLIVIANOS), correspondiente al Proyecto “Implementación Planta Petrocasas Caracollo”, y Bs171.216.- (CIENTO SETENTA Y UN mil DOSCIENTOS DIECISÉIS 00/100 BOLIVIANOS), correspondiente al Proyecto “Implementación Planta Producción Tuberías y Accesorios para Gas Natural El Alto”, respectivamente.
  • Que para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, la EBIH requiere ejecutar los Proyectos: “Implementación Planta Petrocasas Caracollo” e “Implementación Planta Producción Tuberías y Accesorios para Gas Natural El Alto”, por lo cual es necesario realizar traspasos presupuestarios intrainstitucionales para contratar Consultorías por Producto para la elaboración del Estudio Técnico Económico Socio Ambiental de cada proyecto.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar a la Empresa Boliviana de Industrialización de Hidrocarburos - EBIH, incrementar la subpartida 46110 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado”, para financiar el Estudio Técnico Económico Socio Ambiental de los proyectos “Implementación Planta Petrocasas Caracollo” e “Implementación Planta Producción Tuberías y Accesorios para Gas Natural El Alto”.

Artículo 2°.- (Proyecto Implementación Planta Petrocasas Caracollo) Se autoriza a la EBIH, el incremento de la subpartida 46110 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado”, en Bs297.945.- (DOSCIENTOS NOVENTA Y siete mil novecientos CUARENTA Y CINCO 00/100 BOLIVIANOS), financiado con Fuente41 “Transferencias TGN” y Organismo Financiador 111 “Tesoro General de la Nación”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la subpartida 99100 “Provisiones para Gastos de Capital”, para el financiamiento del Estudio Técnico Económico Socio Ambiental del Proyecto “Implementación Planta Petrocasas Caracollo”.

Artículo 3°.- (Proyecto implementación Planta Producción Tuberías y Accesorios para Gas Natural El Alto) Se autoriza a la EBIH, el incremento de la subpartida 46110 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado”, en Bs171.216.- (CIENTO SETENTA Y UN mil DOSCIENTOS DIECISÉIS 00/100 BOLIVIANOS), financiado con Fuente41 “Transferencias TGN” y Organismo Financiador 111 “Tesoro General de la Nación”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la subpartida 99100 “Provisiones para Gastos de Capital”, para el financiamiento del Estudio Técnico Económico Socio Ambiental del Proyecto “Implementación Planta Producción Tuberías y Accesorios para Gas Natural El Alto”.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo, y de Hidrocarburos y Energía, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil doce.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 1389, 24 de octubre de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEl presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar a la Empresa Boliviana de Industrialización de Hidrocarburos – EBIH, incrementar la subpartida 46110 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado”, para financiar el Estudio Técnico Económico Socio Ambiental de los proyectos “Implementación Planta Petrocasas Caracollo” e “Implementación Planta Producción Tuberías y Accesorios para Gas Natural El Alto”.
KeywordsGaceta 434NEC, Decreto Supremo, octubre/2012
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141503
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 434NEC, 201211a.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-DS-29881] Bolivia: Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, DS Nº 29881, 7 de enero de 2009
Aprueba el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, facultando al Ministerio de hacienda y al Ministerio de Planificación del Desarrollo, establecer los mecanismos necesarios para la administración de las modificaciones presupuestarias.
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N368] Bolivia: Decreto Supremo Nº 368, 25 de noviembre de 2009
Define las atribuciones de la Empresa Boliviana de Industrialización de Hidrocarburos - EBIH. Establece su estructura orgánica, patrimonio y fuentes de financiamiento.
[BO-L-N62] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2011, 29 de noviembre de 2010
28 DE NOVIEMBRE DE 2010.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2011.
[BO-L-N211] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2012, 23 de diciembre de 2011
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2012.

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