CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto:
Artículo 2°.- (Procesos de contratación) Los procesos de contratación de obras y servicios generales que realicen las entidades públicas deben incorporar en sus especificaciones técnicas, un requisito que establezca que toda persona natural o jurídica que brinde servicios al Estado está en la obligación de proveer a sus trabajadores ropa de trabajo y equipos de protección personal adecuados contra riesgos ocupacionales, los mismos que deben ser de producción nacional, siempre que éstos cumplan con los requerimientos técnicos.
Artículo 3°.- (Dotación de ropa de trabajo y equipo de protección personal) El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a través de la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, ejercerá control del cumplimiento de las especificaciones técnicas y procedimientos de dotación de ropa de trabajo y equipo de protección personal contra riesgos ocupacionales.
Artículo 4°.- (Producción nacional) Para el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto Supremo, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural:
Artículo 5°.- (Sanciones) La constatación por parte de las entidades públicas del incumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Decreto Supremo dará lugar a las sanciones que correspondan, conforme a la normativa vigente.
Artículo final Único.- Se complementa el Artículo 23 del Decreto Supremo Nº 29727 de 1 de octubre de 2008 incorporando el inciso l) con el siguiente texto:
“l) Otorgar la certificación de producción nacional para efectos de comercialización de productos en el mercado interno”.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 108, 1 de mayo de 2009 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Garantiza el cumplimiento de la normativa vigente relacionada con la higiene, seguridad ocupacional y bienestar que deben cumplir las personas naturales y jurídicas que tengan una relación contractual con entidades públicas. | ||||
Keywords | Gaceta 26NEC, 2009-05-01, Decreto Supremo, mayo/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27511 | ||||
Referencias | Gaceta 26NEC,2009-05-01, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramon Quintana Taborga, Nardy Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Velez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Héctor E. Arce Zaconeta, Noel Ricardo Aguirre Ledezma, Luis Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia A. Ballivián Estenssoro MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO E INTERINA DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Luis Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callizaya, Jorge Ramiro Tapia Sainz, René Gonzalo Orellana Halkyer, Roberto Ivan Aguilar Gómez, Pablo César Groux Canedo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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