Considerando:

  • Que, la prefectura del Departamento de Cochabamba ha organizado el Proceso Administrativo de creación de la Cuarta Sección Municipal de la Provincia Chapare:
  • Que, la población de Villa Tunari ha alcanzado un grado de desarrollo económico inusitado y un gran incremento demográfico suficientes para constituirse en Sección Municipal,

Considerando:

  • Que, por decreto Supremo No 08793 de once de junio de 1969 se ha visto la necesidad de la creación de la Cuarta Sección Municipal de la Provincia Chapare;
  • Que, en el presente proceso, se han cumplido con las formalidades prescritas por las leyes de 17 de Septiembre de 1890 y 20 de noviembre de 1914.

EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la Cuarta sección Municipal de la Provincia Chapare del departamento de Cochabamba con capital Villa Tunari, cuya jurisdicción comprenderá las poblaciones de El Palmar, Pajarito, San Antonio, el Crucero, Putentiri y Jatupampa.

Artículo 2°.- De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, queda encargado de la delimitación jurisdiccional de la nombrada sección Municipal.


El señor Ministro del Interior, queda encargado del cumplimiento y ejecución del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días de mes de junio de mil novecientos setenta años.
Fdo. GRAL ALFREDO OVANDO CANDIA; Edgar Camacho Omiste; Juan Ayoroa Ayoroa; David La Fuente Soto; Antonio Sánchez de Lozada; Edmundo Valencia Ibáñez; Oscar Bonifaz Gutiérrez; Mariano Baptista Gumucio; León Kolle Cueto; Roberto Capriles Gutiérrez; Rolando Aguilera Pareja; Javier Ossio Quezada; Samuel Gallardo Lozada; José Ortiz Mercado; Alberto Bailey Gutiérrez. a. i.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 9244, 4 de junio de 1970
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCréase la Cuarta sección Municipal de la Provincia Chapare del departamento de Cochabamba
KeywordsDecreto Supremo, junio/1970
Origenhttps://www.lexivox.org/norms/BO-DS-9244.html
Referencias1825-1960.lexml
CreadorFdo. GRAL ALFREDO OVANDO CANDIA; Edgar Camacho Omiste; Juan Ayoroa Ayoroa; David La Fuente Soto; Antonio Sánchez de Lozada; Edmundo Valencia Ibáñez; Oscar Bonifaz Gutiérrez; Mariano Baptista Gumucio; León Kolle Cueto; Roberto Capriles Gutiérrez; Rolando Aguilera Pareja; Javier Ossio Quezada; Samuel Gallardo Lozada; José Ortiz Mercado; Alberto Bailey Gutiérrez. a. i.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

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