Bolivia: Decreto Supremo Nº 8995, 18 de noviembre de 1969

Decreto Supremo Nº 08995
D. G. R. Nº 61
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que, mediante Decreto Supremo Nº 08794 de 11 de junio de 1969, elevado a Ley el 8 de septiembre del mismo año, se han destinado recursos para el Comité de Obras Públicas del Departamento del Beni con cargo al mayor rendimiento que recibe el Estado por la supresión del “Factor de Agotamiento” de la producción petrolera privada, señalando además los montos a inscribirse en la Ley Financial de las gestiones venideras:
  • Que, siendo el propósito de la disposición legal anotada promover el desarrollo e integración del Departamento del Beni a la vida nacional, es necesario ampliar las facultades del Comité de Obras Públicas del citado Departamento, para contraer empréstitos con la garantía de estos recursos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- El Comité de Obras Públicas del Departamento del Beni queda autorizado para contratar empréstitos, con el aval del Banco Central de Bolivia en caso necesario, destinados a la ejecución de los planes y proyectos de desarrollo de este departamento bajo la garantía de los recursos creados mediante Decreto Supremo Nº 08794 de 11 de junio de 1969, elevado a Ley el 8 de septiembre del mismo año, previo informe favorable del Consejo Nacional de Desarrollo y Estabilización y presentación de los planes de trabajo.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Hacienda, Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, César Ruíz Velarde, Juan Ayoroa Ayoroa, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibáñez, José Luis Roca G., . Mario Rolón Anaya, Wálter Arzabe F., León Kolle Cueto, Carlos Hurtado, José Ortíz Mercado, Oscar Bonifaz Gutiérrez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 8995, 18 de noviembre de 1969
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEl Comité de Obras Públicas del Departamento del Beni queda autorizado para contratar empréstitos, con el aval del Banco Central de Bolivia en caso necesario.
KeywordsGaceta 479, Decreto Supremo, noviembre/1969
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3398
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 479, 202106e.lexml
CreadorFDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, César Ruíz Velarde, Juan Ayoroa Ayoroa, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibáñez, José Luis Roca G., . Mario Rolón Anaya, Wálter Arzabe F., León Kolle Cueto, Carlos Hurtado, José Ortíz Mercado, Oscar Bonifaz Gutiérrez.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-8794] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8794, 11 de junio de 1969
Destínase al Comité de Obras Públicas del departamento del Beni, los siguientes recursos
[BO-DS-8995] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8995, 18 de noviembre de 1969
El Comité de Obras Públicas del Departamento del Beni queda autorizado para contratar empréstitos, con el aval del Banco Central de Bolivia en caso necesario.

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