CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Autorízase al Banco Central de Bolivia, a elevar su aporte de Pesos bolivianos ochenta y un mil seiscientos ($b.81.600.-) hasta la suma de Pesos bolivianos ciento cincuenta mil ($b.150.000.-) como refuerzo al presupuesto de la Secretaría Técnica para Asuntos de Integración y de la ALALC por la gestión de 1969, con cargo a sus utilidades.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8852, 17 de julio de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | ). | ||||
Keywords | Gaceta 461Costo de Edición:5 Bs., Decreto Supremo, julio/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3533 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 461Costo de Edición:5 Bs., 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Dr. Gustavo Medeiros Querejazu, Cnl. Eufronio Padilla, Sr. Luis d'Avis S., Dr. Víctor Quinteros Rasguido, Ing. Gustavo Méndez Torrico, Dr. Wálter Montenegro, Lic. René Candia; Dra. Alcira Espinoza, Sr. Félix Gómez, Dr. Alvaro Torrico, Lic. Lucio Paz Rivero, Sr. Rodolfo Luzio Lazarte, Hugo Sandóval Saavedra. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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