CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Compleméntase el Art.11° del Decreto Supremo Nº 08453, de 22 de agosto de 1968, disponiendo que, el Comité de Control de la gestión, administración e inversión del Fondo Complementario Facultativo de Invalidez, Vejez y Muerte de los Trabajadores del Servicio de Comunicaciones, se integre con un representante de la Caja Nacional de Seguridad Social;
Artículo 2°.- La designación del representante a que se refiere el artículo anterior se efectuará mediante resolución ministerial dictada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de la terna propuesta por el Presidente Ejecutivo de la Caja Nacional de Seguridad Social.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8659, 19 de febrero de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Compleméntase el Art. 11° del Decreto Supremo N° 08453, de 22 de agosto de 1968, disponiendo que, el Comité de Control de la gestión, administración e inversión del Fondo Complementario Facultativo de Invalidez, Vejez y Muerte de los Trabajadores del Servicio de Comunicaciones, se integre con un representante de la Caja Nacional de Seguridad Social; | ||||
Keywords | Gaceta 440, Decreto Supremo, febrero/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3203 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 440, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Víctor Hoz de Vila, Jorge Jordán Ferrufino, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez Torrico, Edwin Tapia, Hugo Suárez Guzmán, Quintela Vaca Diez, Jorge Rojas Tardio, Joaquín Villanueva, Dante Pavisich; Walter Morales. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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