CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se declara Zona de Emergencia, la comprendida en las poblaciones vecinas a Magdalena y La Cayoba, de la Provincia Iténez del Departamento del Beni, donde deben adoptarse todas las medidas conducentes a controlar el brote epidémico de fiebre hemorrágica.
Artículo 2°.- El Supremo Gobierno destina la suma de CIENTO CINCUENTA mil PESOS BOLIVIANOS ($b.150.000-) provenientes del Comité Nacional de Emergencia, para la atención del fin indicado, juntamente con las partidas ordinerias presupuestadas en el Instituto Nacional de Enfermedades Transmisibles para fiebre hemorrágica, cuya inversión estará sujeta a un plan epidemiológico de acción inmediata y mediata. Para este efecto se abrirá una cuenta especial en el Banco Central la que será manejada por la Oficina Central de Contabilidad del Ministerio de Salud Pública, con autorización del señor Ministro del Ramo, debiendo rendirse cuenta ante el Comité Nacional de Emergencia del monto aportado.
Artículo 3°.- Las autoridades civiles, políticas, militares y religiosas, deben prestar la colaboración que requiere esta emergencia.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8652, 19 de febrero de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara Zona de Emergencia, la comprendida en las poblaciones vecinas a Magdalena y La Cayoba, de la Provincia Iténez del Departamento del Beni, donde deben adoptarse todas las medidas conducentes a controlar el brote epidémico de fiebre hemorrágica. | ||||
Keywords | Gaceta 440, Decreto Supremo, febrero/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3196 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 440, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Víctor Hoz de Vila, Gral. Enrique Gallardo, Jorge Jordán Ferrufino, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez Torrico, Edwin Tapia, Hugo Suárez Guzmán, Quintela Vaca Diez, Joaquín Villanueva, Jorge Rojas Tardio, Ignacio Paravicini, Dante Pavisich, Walter Morales. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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