CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se suspende el Estado de Sitio en toda la jurisdicción territorial del Departamento de Pando.
Artículo 2°.- Se restituyen todos los derechos y garantías que hubiesen sido temporalmente suspendidos con la declaratoria de Estado de Sitio dispuesto por Decreto Supremo Nº 29705 de 12 de septiembre de 2008.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29809, 22 de noviembre de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Suspende el Estado de Sitio en toda la jurisdicción territorial del Departamento de Pando. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, noviembre/2008 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27324 | ||||
Referencias | 2008.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA É INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Alfredo Octavio Rada Vélez, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, MINISTRO DEL AGUA É INTERINO SIN CARTERA RESP. DE LA DEFENSA LEGAL DE LAS RECUPERACIONES ESTATALES, Susana Rivero Guzmán, Oscar Coca Antezana, Carlos Romero Bonifaz, Saúl Ávalos Cortez, Luís Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros MINISTRO DE TRABAJO É INTERINO DE JUSTICIA Roberto I. Aguilar Gómez, Jorge Ramiro Tapia Sainz | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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