CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- De conformidad al Artículo 111 de la Constitución Política del estado, con dictamen favorable del Consejo de Ministros, se declara Estado de Sitio en toda la jurisdicción territorial del Departamento de Pando.
Artículo 2°.- De conformidad al Artículo 112 de la Constitución Política del estado, se establecen las siguientes medidas en toda la jurisdicción territorial del Departamento de Pando:
Artículo 3°.- Las Fuerzas Armadas de la Nación en cumplimiento de sus facultades constitucionales, asegurarán el mantenimiento del orden público, el Estado de Derecho, la paz social y fundamentalmente la defensa de la vida y la integridad de los ciudadanos, estantes y habitantes del Departamento de Pando, sobre la base de lo establecido en la Constitución Política del estado y en el presente Decreto Supremo.
Artículo 4°.- En caso de necesidad los efectos de la presente disposición, podrán ampliarse territorialmente.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29705, 12 de septiembre de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | De conformidad al Artículo 111 de la Constitución Política del Estado, con dictamen favorable del Consejo de Ministros, se declara Estado de Sitio en toda la jurisdicción territorial del Departamento de Pando. | ||||
Keywords | Gaceta 3121, 2008-09-12, Decreto Supremo, septiembre/2008 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27221 | ||||
Referencias | 2008.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Carlos Villegas Quiroga, Luís Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Susana Rivero Guzmán, Oscar Coca Antezana, Carlos Romero Bonifaz, Saúl Ávalos Cortez, Luís Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajías de la Vega, Jorge Ramiro Tapia Sainz, Héctor E. Arce Zaconeta. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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