CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se modifica el Artículo 57 del Reglamento de Concesiones, Licencias y Licencias Provisionales aprobado por el Decreto Supremo Nº 24043 de 28 de junio de 1995, de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 57.- (INTERVENTOR EN EL PROCEDIMIENTO DE CADUCIDAD Y REVOCATORIA). El Acto Administrativo que disponga la apertura del procedimiento de caducidad y revocatoria podrá, en caso necesario, disponer la designación de un interventor en el procedimiento de caducidad y revocatoria, con facultades de administración hasta que se proceda a la adjudicación del nuevo Titular de Concesión o Licencia”.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29520, 16 de abril de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica el Artículo 57 del Reglamento de Concesiones, Licencias y Licencias Provisionales aprobado por el Decreto Supremo N° 24043 de 28 de junio de 1995. | ||||
Keywords | Gaceta 3082, 2008-04-17, Decreto Supremo, abril/2008 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27036 | ||||
Referencias | 2008.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Cespedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL E INTERINO DE JUSTICIA, Graciela Toro Ibañez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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