CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se amplia el plazo establecido en el Parágrafo I del Artículo 3 y Articulo 4 del Decreto Supremo Nº 29129 de 13 de mayo de 2007, por ciento ochenta (180) días adicionales, vale decir hasta el 25 de abril de 2008.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29325, 28 de octubre de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Amplia el plazo establecido en el Parágrafo I del Artículo 3 y Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 29129 de 13 de mayo de 2007(procedimiento transitorio para garantizar el transporte y comercialización de hidrocarburos en las condiciones actuales - YPFB), por ciento ochenta (180) días adicionales, vale decir hasta el 25 de abril de 2008. | ||||
Keywords | Gaceta 3036, 2007-10-29, Decreto Supremo, octubre/2007 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26837 | ||||
Referencias | 2007.lexml | ||||
Creador | Fdo. ALVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RR. EE. Y CULTOS, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, José Kinn Franco, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros MINISTRO DE TRABAJO É INTERINO DE EDUCACIÓN Y CULTURAS, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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