Bolivia: Decreto Supremo Nº 29285, 26 de septiembre de 2007

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que en el marco de lo establecido por el Artículo 147 de la Constitución Política del estado, habiendo transcurrido el término de sesenta (60) días para que el Honorable Congreso Nacional considere el proyecto del Presupuesto General de la Nación remitido por el Poder Ejecutivo, éste adquiere fuerza de Ley para la gestión 2007, siendo de aplicación obligatoria.
  • Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, establece la racionalización de los gastos en las entidades públicas y determina que mediante Decreto Supremo serán aprobados los incrementos en las partidas de gasto 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Para Construcciones de Bienes de Dominio Público”.
  • Que la autorización mediante Decreto Supremo del incremento de la Partida de gasto 46200 “Para Construcciones de Bienes de Dominio Público” no implica aprobación de la modificación presupuestaria, debido a que esta responsabilidad y la de guardar el cumplimiento de la normativa en vigencia corresponde a la Prefectura del Departamento de Potosí.
  • Que en cumplimiento al Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27849 de 12 de noviembre de 2004, la Prefectura del Departamento de Potosí está realizando modificaciones presupuestarias intrainstitucionales que no incrementan ni disminuyen el Presupuesto General de la Nación.
  • Que mediante Resolución de Consejo N° 32/2007 de 16 de marzo de 2007, el Consejo Departamental de la Prefectura del Departamento de Potosí, autoriza al Ejecutivo Prefectural efectuar la modificación presupuestaria para la incorporación en el presupuesto de inversión pública de los proyectos de continuidad “Construcción Camino Asfaltado Cruce Ventilla - Macha - Colquechaca” y “Construcción Camino Asfaltado Betanzos - Quivi Quivi”, que contribuirán a la integración vial del Departamento, con la reasignación de recursos provenientes de Recursos Específicos Regalías Departamentales.
  • Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES, de 17 de septiembre de 2007, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Ministerio de la Presidencia y la Prefectura del Departamento de Potosí.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Potosí, incrementar la partida presupuestaria 46200 “Para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, por un monto de Bs2.562.660.- (DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS mil SEISCIENTOS SESENTA 00/100 BOLIVIANOS), con recursos existentes en la partida 57100 “Incremento de Caja y Bancos”, para estudios de preinversión de los proyectos “Construcción Camino Asfaltado Cruce Ventilla - Macha - Colquechaca” y “Construcción Camino Asfaltado Betanzos - Quivi Quivi”, de acuerdo al anexo adjunto y de conformidad al Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004.


Los Señores Ministros de Estado, en los Despachos de la Presidencia y Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil siete.
Fdo. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Alfredo Octavio Rada Vélez MINISTRO DE GOBIERNO É INTERINO DE RR. EE. Y CULTOS, Walker San Miguel Rodríguez MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL É INTERINO DE LA PRESIDENCIA, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, José Kinn Franco, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajías de la Vega, Nila Heredia Miranda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 29285, 26 de septiembre de 2007
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza a la Prefectura del Departamento de Potosí, incrementar la partida presupuestaria 46200 “Para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, por un monto de Bs2.562.660.- (DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA 00/100 BOLIVIANOS), con recursos existentes en la partida 57100 “Incremento de Caja y Bancos”, para estudios de preinversión de los proyectos “Construcción Camino Asfaltado Cruce Ventilla - Macha - Colquechaca” y “Construcción Camino Asfaltado Betanzos - Quivi Quivi”, de conformidad al Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004.
KeywordsGaceta 3029, 2007-10-02, Decreto Supremo, septiembre/2007
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26795
Referencias2007.lexml
CreadorFdo. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Alfredo Octavio Rada Vélez MINISTRO DE GOBIERNO É INTERINO DE RR. EE. Y CULTOS, Walker San Miguel Rodríguez MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL É INTERINO DE LA PRESIDENCIA, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, José Kinn Franco, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajías de la Vega, Nila Heredia Miranda.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.
[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004
[BO-DS-27849] Bolivia: Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, DS Nº 27849, 12 de noviembre de 2004
Se aprueba el nuevo Reglamento de Modificaciones Presupuestarias.

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