CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto regular los procesos de selección y contratación de personal del Instituto Nacional de Reforma Agraria, estableciendo, como norma específica, los principios y lineamientos que deberán ser observados en estos procesos; el ámbito y forma de participación y control de organizaciones sociales y de la sociedad civil, para garantizar transparencia, así como la conformación del Comité de Selección de Personal.
Artículo 2°.- (Alcance) Todos los procesos de selección y contratación de personal en el Instituto Nacional de Reforma Agraria, deberán observar las normas, principios y lineamientos establecidos en el presente Decreto Supremo, sin perjuicio de los instituidos en las normas generales y específicas sobre la materia.
Artículo 3°.- (Principios y lineamientos)
Artículo 4°.- (Conformacion del Comite de Seleccion) Para la contratación de personal en el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), se constituye un Comité de Selección conformado de la siguiente manera:
Artículo 5°.- (Atribuciones del Comite de Seleccion) Además de las específicas que los competen de acuerdo con las normas vigentes, el Comité de Selección tendrá las siguientes atribuciones:
De acuerdo con el proceso de contratación que se trate, podrá definir la participación de instancias especializadas, organizaciones sociales y sociedad civil, cursando las invitaciones correspondientes.
Valorar las impugnaciones fundadas presentadas en contra de los candidatos o postulantes a cada cargo.
Artículo 6°.- (Participacion de organizaciones sociales) Las organizaciones sociales y de la sociedad civil participarán como veedores en los procesos de selección y contratación de personal.
La inasistencia de las organizaciones sociales y sociedad civil que hubieren sido invitadas a participar en los procesos de contratación no dará lugar a la nulidad del proceso.
Artículo 7°.- (Compatibilizacion y adecuacion de las normas del proceso de seleccion y contratacion de personal) El INRA, dentro del plazo de 30 días, compatibilizará y adecuará sus normas específicas de contratación de personal y servicios, conforme con lo previsto en el presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28737, 2 de junio de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Regular los procesos de selección y contratación de personal del INRA. | ||||
Keywords | Gaceta 2893, 2006-06-02, Decreto Supremo, junio/2006 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26242 | ||||
Referencias | 2006.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga Ministro de la Presidencia e Interino de RR. EE. y Cultos, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero Ministra de Justicia e Interina de Educación y Culturas, Carlos Villegas Quiroga, Luís Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Andrés Solíz Rada, Walter Villarroel Morochi, Santiago Alex Gálvez Mamani, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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