Bolivia: Decreto Supremo Nº 28494, 10 de diciembre de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Ley Nº 2060 de 8 de marzo de 2000, el Honorable Congreso Nacional declaró de Prioridad Nacional la construcción del Aeropuerto Internacional de Laja, encomendando al Fondo Nacional de Desarrollo Regional la financiación inmediata de los estudios.
  • Que en su relación con la administración pública, las personas tienen el derecho de efectuar peticiones individual o colectivamente, las mismas que deberán ser respondidas de manera oportuna y pertinente.
  • Que habiéndose recibido una petición colectiva suscrita por organizaciones sociales reconocidas del municipio de El Alto del Departamento de La Paz, el Poder Ejecutivo en el marco de sus competencias, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia ha considerado de manera oportuna la petición formulada referida a la posibilidad de trasladar el aeropuerto internacional de la ciudad de El Alto a otra ubicación aún no determinada.
  • Que con la finalidad de responder con la pertinencia del caso, el Gobierno Nacional considera necesario realizar diversos estudios y análisis que permitan minimizar posibles efectos negativos sobre la economía, industria, comercio y turismo del Departamento de La Paz.
  • Que los proyectos en general para su financiamiento, ya sea con fondos públicos o créditos de organismos financieros, para ser viables, deben contar con estudios de prefactibilidad y factibilidad técnico - económica.
  • Que considerando la envergadura del proyecto, los recursos invertidos deben ser razonables en relación a los resultados globales que se pretenda alcanzar, por lo que se requiere contar con una ingeniería financiera sustentada, que permita comprometer en el largo plazo recursos de inversión pública.
  • Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 7 de diciembre de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. En el marco de la Ley Nº 2060 de 8 de marzo de 2000, se autoriza a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares de Navegación Aérea - AASANA, para que con carácter de urgencia, inicie el proceso de licitación para la realización de los estudios de factibilidad técnico - económicos para la construcción de un nuevo aeropuerto internacional en la ciudad de El Alto del Departamento de La Paz.
  2. Se designa como entidad ejecutora del proyecto a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares de Navegación Aérea - AASANA. Para el efecto, queda autorizada para la contratación de servicios de consultoría con plazos abreviados y conformación de lista corta.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Servicios y Obras Públicas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil cinco.
Fdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Hernando Velasco Tárraga Ministro Interino de RR. EE. y Culto, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Sergio M. Medinaceli Monroy, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28494, 10 de diciembre de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEn el marco de la Ley Nº 2060 de 8 /03/ 2000, se autoriza a AASANA, para que inicie el proceso de licitación para la realización de los estudios de factibilidad técnico - económicos para la construcción de un nuevo aeropuerto internacional en la ciudad de El Alto.
KeywordsGaceta 2830, 2005-12-20, Decreto Supremo, diciembre/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25999
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Hernando Velasco Tárraga Ministro Interino de RR. EE. y Culto, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Sergio M. Medinaceli Monroy, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2060] Bolivia: Ley Nº 2060, 8 de marzo de 2000
Se declara de prioridad nacional la construcción del Aeropuerto de Laja
[BO-DS-27230] Bolivia: Adecuaciones y complementaciones a la estructura del Poder Ejecutivo, DS Nº 27230, 31 de octubre de 2003
ADECUACIONES Y COMPLEMENTACIONES A LA ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO.

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