CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto implementar medidas para mejorar y controlar el sistema de pago de Rentistas, Beneficiarios del Sistema de Reparto y Servidores Públicos, de manera que la cancelación pueda realizarse de forma ordenada, cómoda, transparente y simultánea en todo el territorio nacional.
Artículo 2°.- (Contratos de servicios) Para el objeto definido en el Artículo precedente, la autoridad competente deberá celebrar contratos con entidades especializadas que tengan capacidad de procesamiento electrónico en línea y tiempo real. A tal efecto, el Banco Central de Bolivia, en un plazo no mayor a treinta (30) días, deberá iniciar el proceso de Licitación correspondiente, debiendo el Directorio de dicha Entidad autorizar los requerimientos de adquisición para que la Gerencia General realice los procesos de licitación y contratación.
Artículo 3°.- (Requisitos tecnicos para el servicio de pago) Las entidades especializadas a ser contratadas deberán utilizar, en cada uno de los puntos de pago, equipos de cómputo, canales de comunicación de datos en línea y tiempo real, impresoras y dispositivos biométricos para lectura de huella dactilar. Asimismo, deberán tener una amplia cobertura de puntos de pago a nivel nacional en entidades financieras y centros de pago existentes a la fecha.
Artículo 4°.- (Creacion del registro)
Artículo 5°.- (Verificacion) Las entidades encargadas de realizar los pagos, deberán verificar en forma electrónica la huella digital de los beneficiarios mencionados y del apoderado debidamente documentado.
Artículo 6°.- (Estandares de identificacion) El Ministerio de Hacienda establecerá mediante reglamento, los estándares de identificación y consolidará una base de datos centralizada para almacenar, procesar y comparar huellas digitales de Rentistas, Beneficiarios del Sistema de Reparto y Servidores Públicos.
Artículo 7°.- (Implementacion de los sistemas) Los términos y condiciones para la implementación de los sistemas informáticos de control biométrico de huella digital, el proceso de pago y la base de datos se formularán conforme Reglamento emitido por el Ministerio de Hacienda.
Artículo 8°.- (Descuentos autorizados) El sistema de pagos debe incorporar todos los descuentos que sean debidamente autorizados por los beneficiarios y otros de orden legal.
Artículo 9°.- (Costo) El registro e implementación del sistema de pagos y control biométrico es gratuito para los Rentistas, Beneficiarios del Sistema de Reparto y Servidores Públicos.
Artículo 10°.- (Pago de servidores publicos) El Ministerio de Hacienda elaborará un cronograma para la implantación progresiva del sistema de pagos a partir de la presente gestión, para todos los servidores públicos.
Artículo 11°.- (Bonosol y pensiones del seguro social obligatorio) La Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros reglamentará la implantación de un sistema de control biométrico de huella digital para la identificación y control de pago del Bonosol y Pensiones del Seguro Social Obligatorio, a través de las entidades bajo su jurisdicción, en el curso de la presente gestión. El costo del sistema y control biométrico para el pago será cubierto por la misma fuente con la que se financian éstos pagos.
Artículo 12°.- (Vigencia de normas) Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28076, 8 de abril de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Implementar medidas para mejorar y controlar el sistema de pago de Rentistas, Beneficiarios del Sistema de Reparto y Servidores Públicos. | ||||
Keywords | Gaceta 2737, 2005-04-11, Decreto Supremo, abril/2005 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25630 | ||||
Referencias | 2005.lexml | ||||
Creador | Fdo. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, José Luis Pérez Ministro Interino de Hacienda, Erwin Aguilera Antunez, Wálter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Lourdes Ortiz Daza Ministra Interina de Salud y Deportes, Audalia Zurita Zelada, Victor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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