CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar Zona de Desastre y Situación de Emergencia, en el marco del Numeral 3 del Artículo 24 de la Ley Nº 2140, a la zona de Agua de la Vida, Calle Final Bolívar de la ciudad de La Paz.
Artículo 2°.- (Zona de desastre y emergencia) En el marco del Artículo 23 de la Ley Nº 2140, se declara Zona de Desastre Municipal y Situación de Emergencia a la Zona Agua de la Vida, Calle Final Bolívar de la ciudad de La Paz.
Artículo 3°.- (Autorizacion) De acuerdo a lo establecido en los Artículos 26 y 27 de la Ley Nº 2140, se autoriza realizar todas las acciones previstas en dicha Ley y el Decreto Supremo Nº 26739 de 4 de agosto de 2002 - Reglamento General de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias.
Artículo 4°.- (Subsidio de vivienda) Se autoriza el otorgamiento de un subsidio de vivienda a los damnificados del sector Agua de la Vida de la ciudad de La Paz; para tal efecto, el Ministerio de Desarrollo Económico, a través del Viceministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda y, el Gobierno Municipal de La Paz, deberán suscribir un convenio que establezca el alcance y los procedimientos a ser aplicados, así como las obligaciones de la partes.
A los efectos anteriores, el Subsidio de Vivienda será financiado con recursos del Programa Nacional de Subsidio a la Vivienda - PNSV por un monto de hasta $us.39.000.- (TREINTA Y NUEVE mil 00/100 DOLARES AMERICANOS).
Artículo 5°.- (Requisitos para el subsidio) El Viceministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda verificará el análisis, certificación, así como la elegibilidad de las familias beneficiarias del sector Agua de la Vida, afectadas por los desastres acaecidos en el lugar, individualizados y recomendados por el Gobierno Municipal de La Paz, en función a los siguientes criterios:
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27844, 12 de noviembre de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara Zona de Desastre y Situación de Emergencia, a la zona de Agua de la Vida, Calle Final Bolívar de la ciudad de La Paz. | ||||
Keywords | Gaceta 2681, 2004-11-22, Decreto Supremo, noviembre/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25398 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Mauricio Navarro Banzer Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Rosario Quiroga Morales Ministra Interina de Salud y Deportes, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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