CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar el Artículo 27 de la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999 - Ley de Administración Presupuestaria, con el propósito de especificar el uso de los recursos transferidos por las Cajas de Salud al Ministerio de Salud y Deportes, garantizando de esta forma la sostenibilidad básica del Programa Ampliado de Inmunización - PAI, en el marco de la Política Nacional de Salud.
Artículo 2°.- (Ejecucion de recursos) Los recursos provenientes de los aportes de las Cajas de Salud, establecidos en el Artículo 27 de la Ley Nº 2042, serán utilizados de la siguiente manera:
En el año 2004, el 27% de los recursos serán utilizados en la adquisición de vacunas, jeringas y gastos de operación exclusivos del PAI.
En el año 2005, el 45% de los recursos serán utilizados en la adquisición de vacunas, jeringas y gastos de operación exclusivos del PAI.
En el año 2006, el 48% de los recursos serán utilizados en la adquisición de vacunas, jeringas y gastos de operación exclusivos del PAI.
A partir del año 2007, el 50% de los recursos serán utilizados en la adquisición de vacunas, jeringas y gastos de operación exclusivos del PAI.
Artículo 3°.- (Aporte del Tesoro General de la Nacion) El Tesoro General de la Nación contribuirá al financiamiento del PAI, mediante certificados de crédito fiscal para el pago de los gastos de impuestos al valor agregado, importaciones, gravamen aduanero consolidado y cualquier otra disposición impositiva destinada a la importación de vacunas y jeringas.
Artículo 4°.- (Saldos) Los saldos generados al final de la Gestión por concepto de la ejecución de los recursos transferidos por las Cajas de Salud, deberán ser utilizados exclusivamente para la compra de vacunas y jeringas.
Artículo 5°.- (Disposicion final) El Ministerio de Salud y Deportes en coordinación con el PAI serán los organismos ejecutivos encargados de velar por el cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27488, 14 de mayo de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar el Artículo 27 de la Ley Nº 2042 de 21 /12/ 1999 - Ley de Administración Presupuestaria, con el propósito de especificar el uso de los recursos transferidos por las Cajas de Salud al Ministerio de Salud y Deportes. | ||||
Keywords | Gaceta 2598, 2004-05-14, Decreto Supremo, mayo/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25042 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Xavier Nogales Iturri, Donato Ayma Rojas, Luis Fernández Fagalde Ministro de Trabajo e Interino de Salud y Deportes, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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