Bolivia: Decreto Supremo Nº 27275, 11 de diciembre de 2003

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que como resultado de los acontecimientos provocados por la convulsión social entre los meses de febrero y octubre de 2003, la actividad económica y los avances en materia social fueron afectados en forma significativa; lo que, adicionalmente, determinó una difícil situación fiscal que se tradujo entre otros efectos en una contracción del gasto público para atender las crecientes demandas de la población.
  • Que para tal efecto, el Banco Mundial - BM, ha acordado conceder a la República de Bolivia un préstamo de DEG's 9.800.000, 00.- (NUEVE MILLONES novecientos mil 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO) destinados a financiar el Programa de Recuperación Económica.
  • Que el Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, en el Capítulo VII, Artículo 14, Parágrafo I, establece que la representación titular de la República ante organismos financieros internacionales, en particular el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, la Corporación Andina de Fomento, el Fondo Financiero para la Cuenca del Plata - FONPLATA y, otros de igual naturaleza será ejercida por el Ministro de Desarrollo Económico y, la representación alterna será ejercida por el Ministro de Hacienda, salvo los casos en que se determine expresamente
  • Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Contrato con el Banco Mundial, a objeto de materializar este financiamiento.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza al Ministro de Desarrollo Económico, a suscribir con el Banco Mundial - BM, en nombre del Gobierno de la República de Bolivia, el correspondiente Contrato de Préstamo, por un monto de DEG's 9.800.000, 00.- (NUEVE MILLONES novecientos mil 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), destinados a financiar el Programa de Recuperación Económica.


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de la Presidencia y Desarrollo Económico quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de diciembre del año dos mil tres.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Alvaro Ríos Roca, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27275, 11 de diciembre de 2003
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza suscribir con el BM, el correspondiente Contrato de Préstamo, por DEG's 9.800.000,00 (Programa de Recuperación Económica).
KeywordsGaceta 2544, 2003-12-18, Decreto Supremo, diciembre/2003
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24830
Referencias2003.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Alvaro Ríos Roca, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-27230] Bolivia: Adecuaciones y complementaciones a la estructura del Poder Ejecutivo, DS Nº 27230, 31 de octubre de 2003
ADECUACIONES Y COMPLEMENTACIONES A LA ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO.

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