Bolivia: Decreto Supremo Nº 26964, 18 de marzo de 2003

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que en la madrugada del 14 de octubre de 2002, el Mercado Germán Moreno del Municipio de Montero se vio afectado por un incendio que causó innumerables pérdidas económicas y materiales entre sus habitantes.
  • Que el Gobierno Municipal de Montero en fecha 14 de octubre de 2002, mediante Ordenanza Municipal Nº 34/2002, declara Zona de Desastre al Municipio por el incendio acaecido en el Mercado Germán Moreno.
  • Que el Parágrafo II del Artículo 5 de la Ley Nº 2335 de 5 de marzo de 2002, establece que el Servicio Nacional de Reducción de Riesgos - SENAR, canalizará los recursos a través de entidades ejecutoras de nivel nacional, departamental y municipal, los que estarán destinados exclusivamente a financiar Planes, Programas, Proyectos e Investigaciones Científicas destinados a la prevención, mitigación y reconstrucción, en el marco de la planificación del desarrollo establecido por el Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación.
  • Que el Gobierno Municipal de Montero mediante nota Nº A. M. M. D. A.003-A/2002 dirigida al Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación, declara su compromiso de contribuir con la suma de Bs.10.000, 00 (Diez mil 00/100 Bolivianos) para la reconstrucción del citado Mercado.
  • Que la Cooperativa de Servicios de Comercialización Germán Moreno Ltda., mediante Nota de fecha 3 de enero de 2002 dirigida al Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación manifiesta la disposición de concluir con la reconstrucción del Mercado de Montero, con recursos de contraparte a ser aportados por los beneficiarios.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar recursos extraordinarios para la reconstrucción del Mercado Germán Moreno del Municipio de Montero en el Departamento de Santa Cruz.

Artículo 2°.- (Autorizacion) Se autoriza al Servicio Nacional de Reducción de Riesgos - SENAR, en el marco de sus competencias establecidas por Ley Nº 2335, la utilización de Bs.446.400, 00 (Cuatrocientos Cuarenta y Seis mil Cuatrocientos 00/100 Bolivianos) de los Recursos de Liquidez del Banco Central de Bolivia - BCB, dispuestos mediante Decreto Supremo Nº 26456, en la implementación de la Reconstrucción del Mercado Germán Moreno del Municipio de Montero en el Departamento de Santa Cruz.

Artículo 3°.- (Servicio Nacional de Reduccion de Riesgos)

  1. El Servicio Nacional de Reducción de Riesgos - SENAR transferirá los recursos establecidos en el Artículo precedente, bajo las mismas condiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 26456.
  2. Se instruye al Servicio Nacional de Reducción de Riesgos coordinar las tareas de reconstrucción del Mercado Germán Moreno con el Gobierno Municipal de Montero y los beneficiarios a través de un convenio interinstitucional de financiamiento.


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Desarrollo Sostenible y Planificación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil tres.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, José Guillermo Justiniano Sandoval Ministro de la Presidencia e Interino de Justicia y Derechos Humanos, Yerko Kukoc del Carpio, Freddy Teodovich Ortiz, Javier Comboni Salinas, Jorge Torres Obleas Ministro de Desarrollo Económico e Interino de Comercio Exterior e Inversión, Hugo Carvajal Donoso, Javier Tórres Goitia Caballero, Juan Walter Subirana Suárez, Ronald Nieme Méndez Ministro Interino de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Moira Paz Estenssoro, Carlos Morales Landivar, Fernando Illanes de la Riva

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26964, 18 de marzo de 2003
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorizar recursos extraordinarios para la reconstrucción del Mercado Germán Moreno del Municipio de Montero en el Departamento de Santa Cruz.
KeywordsGaceta 2470, 2003-03-21, Decreto Supremo, marzo/2003
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24519
Referencias2003.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, José Guillermo Justiniano Sandoval Ministro de la Presidencia e Interino de Justicia y Derechos Humanos, Yerko Kukoc del Carpio, Freddy Teodovich Ortiz, Javier Comboni Salinas, Jorge Torres Obleas Ministro de Desarrollo Económico e Interino de Comercio Exterior e Inversión, Hugo Carvajal Donoso, Javier Tórres Goitia Caballero, Juan Walter Subirana Suárez, Ronald Nieme Méndez Ministro Interino de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Moira Paz Estenssoro, Carlos Morales Landivar, Fernando Illanes de la Riva
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-26456] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26456, 19 de diciembre de 2001
Se autoriza proceder al desembolso de los recursos del crédito de Liquidez del Banco Central de Bolivia dispuesto mediante Decreto Supremo N° 26054 de 26 /01/ 2001, a favor de las Prefecturas de Departamentos y Municipios.
[BO-L-2335] Bolivia: Ley Nº 2335, 5 de marzo de 2002
Ley modificatoria de la Ley 2140 para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias

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