CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se deja en suspenso la vigencia del Decreto Supremo Nº 26740 de 4 de agosto de 2002, hasta que el Poder Ejecutivo emita una reglamentación definitiva para la aplicación de la Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público y de la Ley Nº 2104 de Modificación de la Ley del Estatuto del Funcionario Público.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26781, 3 de septiembre de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se deja en suspenso la vigencia del Decreto Supremo N° 26740 de 4 /08/ 2002, hasta que el Poder Ejecutivo emita una reglamentación definitiva. | ||||
Keywords | Gaceta 2428, 2002-09-06, Decreto Supremo, septiembre/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24336 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, Carlos Sánchez Berzain, Alberto Gasser Vargas, Freddy Teodovich Ortiz, Gina Luz Méndez Hurtado, Ovidio Roca Avila MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y PLANIFICACION, Javier Comboni Salinas, Oscar Farfán Mealla, Arturo Liebers Baldivieso, Juan Carlos Virreira Méndez, Fernando Illanes de la Riva, Isaac Maidana Quisbert, Javier Torres Goitia Caballero, Jaime Navarro Tardio, Hernán Paredes Muñoz, Javier Suárez Ramírez, Silvia Amparo Velarde Olmos. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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