CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El objeto del presente Decreto Supremo es establecer el ámbito, las responsabilidades del uso y administración de información, que se genera y transmite a través del SIGMA.
Artículo 2°.- (Ambito de aplicacion) Se amplía el ámbito de aplicación del Decreto Supremo Nº 25875 de 18 de agosto de 2000, que aprueba el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa - SIGMA, a las unidades administrativas de los Poderes Legislativo y Judicial previstas en el Articulo 4° de la Ley Nº 1178.
Artículo 3°.- (Aplicacion) Las disposiciones contenidas en el presente Decreto Supremo serán aplicables en las entidades y unidades administrativas del sector público previstas en los Artículos 3° y 4° de la Ley Nº 1178 a la gestión, administración y control de recursos públicos a través del SIGMA y otros sistemas relacionados a ser implementados previa autorización del Ministerio de Hacienda.
Artículo 4°.- (Validez y fuerza probatoria de la informacion) La información generada, enviada, recibida, archivada o procesada, a través del Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa, a partir del 2 de enero de 2001, conforme prevé el Decreto Supremo Nº 25875, tendrá la misma validez y fuerza probatoria de los documentos escritos y flujos de documentación, generando responsabilidades a efectos jurídicos correspondientes.
Artículo 5°.- (Mecanismos de seguridad) Los sistemas informáticos contarán con mecanismos de seguridad que tendrán plena validez legal y fuerza probatoria, generando los efectos jurídicos correspondientes y responsabilidad equivalentes a las firmas manuscritas. Estos mecanismos de seguridad identificarán a los responsables autorizados.
Artículo 6°.- (Responsabilidades) La máxima autoridad ejecutiva de cada entidad pública y los servidores públicos autorizados, serán responsables de los efectos y consecuencias que pueda generar la incorrecta operación y/o utilización de estos sistemas informáticos, de la información procesada y enviada y del uso de los mecanismos de seguridad.
Artículo 7°.- (Reglamentacion) El Ministerio de Hacienda mediante Resolución Ministerial aprobará el Reglamento, los manuales correspondientes, procedimientos, aspectos técnicos y de seguridad, que establecerán la responsabilidad y alcances de la gestión de operaciones que se realicen a través de estos sistemas.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26455, 18 de diciembre de 2001 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establecer el ámbito, las responsabilidades del uso y administración de información, que se genera y transmite a través del SIGMA. | ||||
Keywords | Gaceta 2370, 2001-12-21, Decreto Supremo, diciembre/2001 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24011 | ||||
Referencias | 2001.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Jose Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Luján, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.