CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo, crea el Consejo Interinstitucional de Seguimiento y Evaluación de la Estrategia Boliviana de Reducción de la Pobreza, para contar con un Organismo Técnico de Coordinación Interinstitucional - OT, con la finalidad de establecer espacios de coordinación, seguimiento y evaluación de la Estrategia Boliviana de Reducción de la Pobreza, tanto a nivel nacional como a nivel local.
Artículo 2°.- (Atribuciones) El Consejo Interinstitucional de Seguimiento y Evaluación de la Estrategia Boliviana de Reducción de la Pobreza, tiene las siguientes atribuciones:
Como Organismo Técnico de Coordinación Interinstitucional - OT, cumplir con las condiciones estipuladas en contratos de cooperación internacional.
Realizar coordinación, seguimiento y evaluación de las acciones de la política y metas establecidas en la Estrategia Boliviana de Reducción de la Pobreza.
Concertar y definir acciones de política e indicadores para el nivel municipal y realizar el seguimiento y evaluación a nivel municipal.
Generar flujo de información necesaria desde los niveles nacional y municipal para la elaboración de los indicadores seleccionados y articular los sistemas de información.
Presentar al CONAPE y CONAPSO informes de seguimiento y evaluación de la Estrategia Boliviana de Reducción de la Pobreza para su posterior difusión al interior del sector público, sociedad civil y cooperación internacional para recibir insumos que permitan ajustes a la estrategia.
Artículo 3°.- (Integrantes)
Artículo 4°.- (Responsabilidades institucionales)
Artículo 5°.- (Obligatoriedad de entrega de informacion) Todas las instituciones públicas involucradas en la Estrategia Boliviana de Reducción de la Pobreza, están en la obligación de entregar la información que demanda el Consejo Interinstitucional de Seguimiento y Evaluación de la Estrategia Boliviana de Reducción de la Pobreza, para la elaboración de informes de seguimiento y evaluación en los formatos y tiempos que sean establecidos por el mismo.
Artículo 6°.- (Disposicion especial) La implantación de la presente disposición legal, no implica ningún gasto al Tesoro General de la Nación, ni incremento burocrático alguno; pudiendo reforzarse los presupuestos institucionales con recursos de cooperación no reembolsable para la implementación del Programa de Seguimiento y Evaluación - PSE.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26424, 1 de diciembre de 2001 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Crea el Consejo Interinstitucional de Seguimiento y Evaluación de la Estrategia Boliviana de Reducción de la Pobreza. | ||||
Keywords | Gaceta 2365, 2001-12-11, Decreto Supremo, diciembre/2001 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23980 | ||||
Referencias | 2001.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, José Abel Martínez Mrden MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Jorge Urquidi Barrau MINISTRO INTERINO DE VIVIENDA Y SERVICIOS BASICOS, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerlas e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.