CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Autorizar a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) y a la Aduana Nacional de Bolivia a suscribir un adendum al Convenio Conciliatorio de fecha 21 de septiembre de 2000 celebrado entre SABSA y AASANA, que sea favorable a los intereses del Estado boliviano.
El adendum a suscribirse, deberá contar con la correspondiente Resolución Administrativa de aprobación por parte de la Superintendencia de Transportes.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26289, 22 de agosto de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorizar a AASANA y a la Aduana Nacional de Bolivia a suscribir un adendum al Convenio Conciliatorio de fecha 21 /09/ 2000 celebrado entre SABSA y AASANA, que sea favorable a los intereses del Estado Boliviano. | ||||
Keywords | Gaceta 2337, 2001-08-23, Decreto Supremo, agosto/2001 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23846 | ||||
Referencias | 2001.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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