Bolivia: Decreto Supremo Nº 26262, 26 de julio de 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que en cumplimiento a lo prescrito por el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, el Congreso Nacional debe reunirse ordinariamente cada año el día 6 de agosto;
  • Que para tal fin, mediante Decreto Supremo Nº 26253 de 13 de julio de 2001, se ha fijado la realización de dicha reunión congresal para el día 6 de agosto próximo a horas 18: 00;
  • Que es necesario modificar únicamente la hora en que deberá iniciarse la solemne instalación del Honorable Congreso Nacional en la fecha señalada;

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Modifícase el Decreto Supremo Nº 26253 de 13 de julio de 2001, con el siguiente texto:

“Convócase al Honorable Congreso Nacional para la Legislatura Ordinaria de 2001- 2002, cuya solemne instalación se realizará en la ciudad de Sucre, el día lunes 6 de agosto próximo a horas 10: 00, con el ceremonial de estilo. Las sesiones se llevarán a cabo en la ciudad de La Paz.”


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, de Gobierno, de la Presidencia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil uno.
Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Javier Murillo de la Rocha, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mansilla Peña, Rubén Poma Rojas, Hernán Terrazas Ergueta MINISTRO INTERINO SIN CARTERA RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL, Wigberto Rivero Pinto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26262, 26 de julio de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioModifícase el Decreto Supremo No 26253 de 13 /07/ 2001," Convócase al Honorable Congreso Nacional para la Legislatura Ordinaria de 200 2002, cuya solemne instalación se realizará en la ciudad de Sucre, el día lunes 6 de agosto próximo a horas 10:00.
KeywordsGaceta 2332, 2001-08-05, Decreto Supremo, julio/2001
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23819
Referencias2001.lexml
CreadorFdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Javier Murillo de la Rocha, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mansilla Peña, Rubén Poma Rojas, Hernán Terrazas Ergueta MINISTRO INTERINO SIN CARTERA RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL, Wigberto Rivero Pinto.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994
[BO-DS-26253] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26253, 13 de julio de 2001
Convócase al Honorable Congreso Nacional para la Legislatura Ordinaria de 2001 2002, cuya instalación se realizará en la ciudad de Sucre, el día lines 6 de agosto próximo a horas 18.00.

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