Bolivia: Decreto Supremo Nº 26253, 13 de julio de 2001

LEOPOLDO FERNANDEZ FERREIRA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que en cumplimiento a lo prescrito por el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, el Congreso Nacional, debe reunirse ordinariamente cada año el día 6 de agosto.
  • Que es atribución del Poder Ejecutivo convocar al Honorable Congreso Nacional con expreso señalamiento del lugar de reunión.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Convocase al Honorable Congreso Nacional para la Legislatura Ordinaria de 2001 - 2002, cuya solemne instalación se realizará en la ciudad de Sucre, el día lunes 6 de agosto próximo a horas 18: 00, con el ceremonial de estilo. Las sesiones se llevarán a cabo en la ciudad de La Paz.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, de Gobierno, de la Presidencia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de julio del año dos mil uno.
Fdo. LEOPOLFO FERNANDEZ FERREIRA, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Fernando Messmer Trigo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Amalia Anaya Jaldín MINISTRA INTERINA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Mary del Carmen Arias Paz MINISTRA INTERINA DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y PLANIFICACION, Claudio Mansilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26253, 13 de julio de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConvócase al Honorable Congreso Nacional para la Legislatura Ordinaria de 2001 2002, cuya instalación se realizará en la ciudad de Sucre, el día lines 6 de agosto próximo a horas 18.00.
KeywordsGaceta 2327, 2001-07-18, Decreto Supremo, julio/2001
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23810
Referencias2001.lexml
CreadorFdo. LEOPOLFO FERNANDEZ FERREIRA, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Fernando Messmer Trigo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Amalia Anaya Jaldín MINISTRA INTERINA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Mary del Carmen Arias Paz MINISTRA INTERINA DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y PLANIFICACION, Claudio Mansilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

Referencias a esta norma

[BO-DS-26262] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26262, 26 de julio de 2001
Modifícase el Decreto Supremo No 26253 de 13 /07/ 2001," Convócase al Honorable Congreso Nacional para la Legislatura Ordinaria de 200 2002, cuya solemne instalación se realizará en la ciudad de Sucre, el día lunes 6 de agosto próximo a horas 10:00.

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