Bolivia: Decreto Supremo Nº 26053, 19 de enero de 2000

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el territorio nacional por los efectos de las intensas precipitaciones pluviales, está afectado por inundaciones, desbordes de ríos y deslizamientos que perjudican gravemente, tanto a las comunidades rurales como a las urbanas;
  • Que también se está confrontando graves sequías en otras zonas del país, que perjudican la producción agropecuaria de las áreas rurales.
  • Que es deber del Estado socorrer a las poblaciones y zonas afectadas por desastres naturales, otorgando la máxima ayuda posible; que el artículo 148 de la Constitución Política del Estado permite al Presidente de la República, con el acuerdo de su Consejo de Ministros, pagos extraordinarios para auxiliar a poblaciones y zonas afectadas por desastres.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara en emergencia las regiones del territorio nacional afectadas por los daños naturales ocasionados.

Artículo 2°.- El Servicio Nacional de Defensa Civil, (SENADECI) bajo tuición del Ministerio de Defensa Nacional, de acuerdo con las Prefecturas de los Departamentos y las Alcaldías Municipales, coordinarán en forma inmediata todo el auxilio, ayuda y cooperación que las poblaciones y zonas afectadas lo requieran.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo autorizará los desembolsos de los recursos que fuesen necesarios y que serán utilizados por el Servicio Nacional de Defensa Civil, en coordinación respectivamente con las Prefecturas Departamentales y Municipios, exclusivamente en labores de auxilio y socorro inmediato.


Los señores Ministros de Estado en los Despacho de Defensa Nacional, y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de enero del año dos mil uno.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez , Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26053, 19 de enero de 2000
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe declara en emergencia las regiones del territorio nacional afectadas por los daños naturales ocasionados.
KeywordsGaceta 2284, 2001-01-19, Decreto Supremo, enero/2000
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23309
Referencias2001.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez , Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

Referencias a esta norma

[BO-DS-26054] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26054, 26 de enero de 2001
Se autoriza al Ministerio de Hacienda otorgue un presupuesto adicional de emergencia de hasta Bs. 4.000.000 (En los Municipios declarados zonas de desastre nacional).
[BO-DS-26082] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26082, 23 de febrero de 2001
Se deroga el Artículo 1 del D.S. 26054 y se amplia los Artículos 4, 5, 6
[BO-DS-26456] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26456, 19 de diciembre de 2001
Se autoriza proceder al desembolso de los recursos del crédito de Liquidez del Banco Central de Bolivia dispuesto mediante Decreto Supremo N° 26054 de 26 /01/ 2001, a favor de las Prefecturas de Departamentos y Municipios.

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