CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Ampliar los plazos establecidos en los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 25230 por un término de 180 días, a partir de la publicación del presente decreto supremo
La Corte Nacional Electoral y los señores Ministros de Estado en los Despachos de Justicia y Derechos Humanos y de Salud y Previsión Social, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25632, 24 de diciembre de 1999 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ampliar los plazos establecidos en los articulos 1 y 2 del Decreto Supremo 25230 de 180 dias. | ||||
Keywords | Gaceta 2193, 1999-12-24, Decreto Supremo, diciembre/1999 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/20576 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ.- Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Juán Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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