CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se dispone la liquidación voluntaria de la Financiera de Desarrollo de Santa Cruz, FINDESA SAM, con fecha de corte al 28 de febrero de 1999 a cargo de una comisión liquidadora designada por su Junta General, que debe estar compuesta por miembros del sector público y del sector privado, de acuerdo a la Ley Nº 1488 de Bancos y Entidades Financieras, Código de Comercio y sus estatutos.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25490, 13 de agosto de 1999 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se dispone la liquidación voluntaria de la Financiera de Desarrollo de Santa Cruz, FINDESA SAM. | ||||
Keywords | Gaceta 2156, 1999-08-27, Decreto Supremo, agosto/1999 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9423 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Juan Antonio Chain Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Miguel López Backovic, Ministro Interino de Comercio Exterior e Inversión, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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