Bolivia: Decreto Supremo Nº 25474, 30 de julio de 1999

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
i) Aumentar el total de gasto agregado.
ii) Incrementar el total del grupo de gasto 10000 “Servicios Personales”

CONSIDERANDO:

  • Que el Presupuesto General de la Nación, para el período fiscal comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1998, fue aprobado por Ley Nº 1826 de 20 de febrero de 1998, autorizando al Poder Ejecutivo a reglamentar mediante disposiciones de administración financiera la ejecución, seguimiento, supervisión, evaluación, ajustes y traspasos intra e interinstitucionales de los presupuestos aprobados dentro de los permisos y límites de la Ley.
  • Que el Presupuesto Adicional, para el período fiscal comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1998, fue aprobado por Ley Nº 1908 de 23 de noviembre de 1998, autorizando al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones presupuestarias intrainstitucionales e interinstitucionales, siempre y cuando estas modificaciones no estén destinadas a los siguientes aspectos: iii) Traspasar recursos de apropiaciones presupuestarias destinadas a proyectos de inversión a otros gastos.
  • Que el artículo 105 de la Constitución Política del Estado, determina que la cuenta de inversión de las rentas debe llevar la aprobación de los Ministros de Estado, en lo concerniente a sus respectivos despachos.
  • Que en cumplimiento de las disposiciones legales citadas, corresponde aprobar los ajustes y traspasos interinstitucionales e intrainstitucionales, la cuenta General de Ingresos y Egresos, así como los Estados Financieros de la Administración Central, por la gestión 1998.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase los ajustes y traspasos interinstitucionales e intrainstitucionales efectuados, dentro del Presupuesto General de la Nación para la Administración Central, correspondientes a la gestión 1998, así como la Cuenta General de Ingresos y Egresos de acuerdo a detalle consignado en los anexos que forman parte del presente decreto supremo y los estados Financieros de la mencionada gestión.

Artículo 2°.- Los ajustes y traspasos interinstitucionales e intrainstitucionales mencionados en el artículo anterior, se efectúan con carácter presupuestario y contable lo cual no libera a los infractores de las responsabilidades que pudieran surgir, de acuerdo a disposiciones legales vigentes.


El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Carlos Alberto Subirana Suárez, Luis Fernando Quiroga Ramirez, Ministro Suplente de Desarrollo Economico, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 25474, 30 de julio de 1999
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase los ajustes y traspasos interinstitucionales e intrainstitucionales efectuados, dentro del Presupuesto General de la Nación para la Administración Central, correspondientes a la gestión 1998.
KeywordsGaceta 2154, 1999-08-05, Decreto Supremo, julio/1999
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9407
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Carlos Alberto Subirana Suárez, Luis Fernando Quiroga Ramirez, Ministro Suplente de Desarrollo Economico, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994
[BO-L-1826] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1998, 20 de febrero de 1998
PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
[BO-L-1908] Bolivia: Ley Nº 1908, 23 de noviembre de 1998
Apruébase el Presupuesto Adicional Agregado por Bs. 2.219.064.745.- y el consolidado de Bs. 1.805.077.260.- para el Sector Público

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