CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Convócase al Congreso Nacional a sesiones extraordinarias, a objeto de tratar los siguientes asuntos:
Artículo 2°.- El Congreso Nacional se instalará y funcionará en la ciudad de La Paz, a partir del 26 de abril de 1999, de conformidad con lo determinado por el artículo 47 de la Constitución Política del Estado.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25358, 22 de abril de 1999 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Convócase al Congreso Nacional a sesiones extraordinarias. | ||||
Keywords | Gaceta 2134, 1999-04-29, Decreto Supremo, abril/1999 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9280 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Adolfo Soliz Antezana, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Adhemar Guzmán Ballivián, Ministro Interino de Comercio Exterior e Inversion, Amparo Ballivián Valdés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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