CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se modifica el artículo 173 del Decreto Supremo Nº 24132 de 27 de septiembre de 1995, en los siguientes términos:
“Los titulares de autorizaciones, permisos, concesiones y licencias, que tuvieran pagos pendientes a la Dirección General de Telecomunicaciones por concepto de tasas y gravámenes establecidos en la Ley General de Telecomunicaciones y su reglamento, aprobados según Decreto Supremo Nº 09740 de 2 de junio de 1971 y Decreto Supremo Nº 17730 de 20 de octubre de 1980 respectivamente, deberán pagar estas obligaciones a la Superintendencia de Telecomunicaciones hasta el 31 de diciembre de 1999; cumplida esta fecha se procederá a su cobro por la vía coactiva. Estos montos serán depositados en una cuenta del Fondo Nacional de Desarrollo Regional para los propósitos establecidos en el artículo 28 de la Ley de Telecomunicaciones.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25308, 23 de febrero de 1999 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se modifica el artículo 173 del D.S. 24132 de 27 /09/ 1995 (Reglamento a la Ley1632 Telecomunicaciones). | ||||
Keywords | Gaceta 2121, 1999-03-08, Decreto Supremo, febrero/1999 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9081 | ||||
Referencias | 1999.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Amparo Ballivián Valdés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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