Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) efectuar la transferencia documentada a favor del Servicio de Encauzamiento de Aguas y Regulación del Rio Pirai (SEARPI). de hasta 19.000 metros lineales de cañería de 10" SCH. 40 API - SLX-42 en desuso, condición 2 Esta transferencia es gratuita y con destino exclusivo a la construcción de defensivos en las márgenes del Río Pirai. como medida preventiva de las posibles contingencias del fenómeno climatológico del “EL NIÑO” uso del que SEARPI deberá informar a la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, conforme al cumplimiento del cronograma de trabajo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25291, 30 de enero de 1999 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase a YPFB efectuar la transferencia documentada a favor del SEARPI de hasta 19.000 metros lineales de cañería. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, enero/1999 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-25291.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. HUGO BANZER SUAREZ. Javier Murillo de la Rocha. Carlos Iturralde Ballivián. Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Múller Costas. Ana María Cortéz de Soriano. Jorge Pacheco Franco. Tito Hoz de Vila Quiroga. Guillermo Cuentas Yañez. Leopoldo López Cossio. Oswaldo Antezana Vaca Diez. Erick Reyes Villa Bacigalupi. Miguel López Bakovic. MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION. Amparo Ballivián Valdés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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