Bolivia: Decreto Supremo Nº 25288, 30 de enero de 1999

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el artículo 34 de la Ley de Reforma Educativa establece: “Los profesionales universitarios tienen derecho a ingresar en el servicio docente, previo examen de competencia, preparado por el Consejo Nacional de Acreditación y Medición de la Calidad Educativa (CONAMED), de acuerdo a las necesidades del servicio de educación”;
  • Que el CONAMED no ha sido conformado aún como ente autónomo y especializado;
  • Que el artículo 2 de las Disposiciones Transitorias de la Ley de Reforma Educativa dispone: “El Poder Ejecutivo reglamentará todos los aspectos de la presente Ley”.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Facultar al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes administrar el examen de acreditación para profesionales universitarios que desempeñan funciones docentes en el servicio de educación pública.

Artículo 2°.- Los profesionales universitarios que estuvieren en ejercicio de la docencia en unidades educativas del servicio de educación pública durante dos años, estarán habilitados para rendir un examen a efecto de formalizar el ejercicio de la función docente de conformidad al artículo 34 de la Ley Nº 1565.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, Cultura y Deportes, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Miguel López Bakovic, MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION, Amparo Ballivián Valdés.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 25288, 30 de enero de 1999
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioFacultar al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes administrar el examen de acreditación para profesionales universitarios que desempeñan funciones docentes en el servicio de educación pública.
KeywordsGaceta 2116, 1999-02-05, Decreto Supremo, enero/1999
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9053
Referencias1999.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Miguel López Bakovic, MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION, Amparo Ballivián Valdés.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1565] Bolivia: Ley de Reforma Educativa, 7 de julio de 1994
Ley de Reforma Educativa

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