Bolivia: Decreto Supremo Nº 25116, 3 de agosto de 1998

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Decreto Supremo Nº 24877 de 28 de octubre de 1997 establece los recursos con los que funcionarán la UNASEP, creada por Decreto Supremo Nº 24829 de 25 de agosto de 1997, y la Dirección General de Comunicación Social;
  • Que el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 24879 de 28 de octubre de 1997 determina que la UNASEP autorizará y supervisará la ejecución de la partida 255 (publicidad) asignada a la Dirección General de Comunicación Social, dependiente del Ministerio de la Presidencia;
  • Que el manejo de los recursos de la Dirección General de Comunicación es de responsabilidad de los funcionarios encargados de la mencionada entidad, no pudiendo la UNASEP ser corresponsable de tal ejecución ni efectuar auditoría previa, en el marco de las normas de control gubernamental.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se abroga el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 24879 de 28 de octubre de 1997. Consiguientemente, queda a cargo de la Dirección General de Comunicación Social, dependiente del Ministerio de la Presidencia, el manejo de los recursos provenientes de la partida 255 (publicidad), sin necesidad de aprobación o supervisión por parte de la UNASEP.


Los señores Ministros de Estado en los despachos correspondientes quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 25116, 3 de agosto de 1998
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe abroga el artículo 4 del decreto supremo 24879 de 28 /10/ 1997.
KeywordsGaceta 2078, 1998-08-05, Decreto Supremo, agosto/1998
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/10336
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-24829] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24829, 25 de agosto de 1997
Créase la Unidad de Asuntos Estratégicos de la Presidencia (UNASEP).
[BO-DS-24877] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24877, 28 de octubre de 1997
Se transfiere en favor del Ministerio de la Presidencia, los bienes, personal en servicio, derechos, obligaciones y presupuesto que pertenecían al Ministerio de Comunicación Social.
[BO-DS-24879] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24879, 28 de octubre de 1997
La Unidad de Asuntos Estratégicos de la Presidencia UNASEP, creada por decreto supremo 24829 de 25 /08/ 1,997, constituye un programa dentro del Ministerio de la Presidencia.

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