CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se abroga el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 24879 de 28 de octubre de 1997. Consiguientemente, queda a cargo de la Dirección General de Comunicación Social, dependiente del Ministerio de la Presidencia, el manejo de los recursos provenientes de la partida 255 (publicidad), sin necesidad de aprobación o supervisión por parte de la UNASEP.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25116, 3 de agosto de 1998 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se abroga el artículo 4 del decreto supremo 24879 de 28 /10/ 1997. | ||||
Keywords | Gaceta 2078, 1998-08-05, Decreto Supremo, agosto/1998 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/10336 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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