Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (De la situacion institucional y su estructura) El Centro de Promoción Bolivia (CEPROBOL) tiene carácter de institución pública descentralizada, con personalidad jurídica, autonomía de gestión y patrimonio propio. Creado CEPROBOL. en sustitución del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION DE EXPORTACIONES (INPEX). estará integrado por un consejo directivo con representación del sector privado y público, como también por las unidades pertinentes operativas y técnicas para llevar a cabo sus funciones.
Artículo 2°.- (Del domicilio y patrimonio) El Centro de Promoción Bolivia tiene como domicilio legal, la ciudad de La Paz, Bolivia, con la facultad de establecer oficinas regionales en el interior y exterior del país de acuerdo a sus necesidades. El patrimonio de CEPROBOL ha sido constituido con los bienes y activos que pertenecieron al antiguo Instituto Nacional de Promoción de Exportaciones (INPEX). conforme establece el Decreto Supremo Nº 24946.
Artículo 3°.- (Del financ1amiento) El Centro de Promoción Bolivia, financiará sus operaciones con los siguientes recursos: Fondos asignados por el Tesoro General de la Nación, incluyendo una partida especial para el funcionamiento de la red de agregados comerciales a cargo de CEPROBOL. Apone de los sectores empresariales establecidos en función de mecanismos de autofinanciamiento, que proponga el sector privado en un plazo no mayor a seis meses y que puedan provenir de recaudaciones por declaraciones aduaneras de exportaciones, pagos de derechos por el uso del régimen de zona franca, por parte de empresas acogidas a él, recursos provenientes de la venta de servicios especializados sobre oportunidades de negocios y de atención a los inversionistas y a los empresarios u otros. Recursos técnicos y financieros provenientes de la cooperación internacional.
Artículo 4°.- (De las funciones y atribuciones) El Centro de Promoción - Bolivia, tiene las siguientes funciones y atribuciones:
Concertar y coordinar las actividades de los sectores públicos y privados en materia de promoción de exportaciones, turismo e inversión privada nacional y extranjera.
Diseñar, aprobar e instrumentar estrategias y programas nacionales de promoción de exportaciones e inversiones.
Operativizar las políticas de promoción de exportaciones, inversiones y turismo y las actividades incluidas en los programas anuales.
Identificar las oportunidades de exportación para el sector privado.
Instruir y dirigir la labor de los agregados comerciales de Bolivia en el exterior, en cumplimiento del objetivo de promoción de las exportaciones, inversiones y turismo.
Organizar e implementar un sistema de servicios de información comercial sobre oportunidades de negocios.
Brindar asesoramiento e información a potenciales inversionistas sobre las oportunidades de inversión que brinda el país y los procedimientos necesarios para ello.
Artículo 5°.- (Del Consejo Directivo) Por el carácter mixto del Centro de Promoción - Bolivia, su dirección corresponderá a un Consejo Directivo presidido por el Ministro de Comercio Exterior e Inversión e integrado por los siguientes miembros, pertenecientes a los sectores público y privado:
Artículo 6°.- (De las atribuciones del Consejo Directivo) El Consejo Directivo del Centro de Promoción - Bolivia, tendrá las siguientes atribuciones:
Artículo 7°.- (De la organizacion) El Consejo Directivo elaborará los reglamentos a que se refiere el inciso a del artículo 6. en el plazo máximo de 60 días a partir de la vigencia de éste decreto.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25089, 6 de julio de 1998 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Situación institucional y estructura del Centro de Promoción Bolivia. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, julio/1998 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-25089.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián. Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán. Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano. Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda. Leopoldo López Cossio. Luis Freddy Conde López; Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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